El Gobierno nacional prorrogó la suspensión de vuelos a Gran Bretaña y los requisitos para el ingreso y egreso al país
Las medidas vigentes para el ingreso y el egreso al territorio nacional se extienden hasta el 28/2 inclusive.
El Gobierno nacional prorrogó hasta 28 de febrero de 2021 inclusive, las pautas para el ingreso y egreso al país que incluyen, entre otros puntos, la suspensión de vuelos desde y hacia Gran Bretaña e Irlanda del Norte más la recomendación para los nacionales y residentes extranjeros, en particular los mayores de 60 años y personas pertenecientes a los grupos en riesgo, a diferir sus viajes al exterior, con excepción de trabajadores esenciales.
A través de la Decisión Administrativa 44/2020 (que prorroga las medidas de la Decisión Administrativa 2/2020), continúan suspendidos los vuelos desde y hacia el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del norte, a raíz del surgimiento de la nueva cepa de Covid-19.
Asimismo, tal como establecía la anterior decisión administrativa, a partir de febrero se reducirá la frecuencia de los vuelos con Estados Unidos, México y Europa en un 30% y con Brasil en un 50%. Por este motivo, quienes tengan tickets desde o hacia alguno de estos destinos, deben consultar con la aerolínea antes de ir al aeropuerto.
Además, el ingreso de personas extranjeras al territorio nacional queda restringido, salvo casos expresamente autorizados por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del Ministerio del Interior que conduce Wado de Pedro, cuando se trate de reunificación familiar, cuestiones laborales o de salud.
Por su parte, los argentinos nativos y extranjeros residentes en el país pueden transitar por los pasos habilitados que son los aeropuertos de Ezeiza y San Fernando y la terminal de Buquebus en Buenos Aires.
En tanto, quienes salgan del país deberán completar la Declaración Jurada Electrónica, disponible en la página de Migraciones, dentro de las 48 horas previas a abordar y cumplir con los requerimientos del lugar de destino.
Para el ingreso al país, los pasos habilitados son Ezeiza, San Fernando y la terminal Buquebus. Todos deberán completar DDJJ electrónica (48 horas previas al embarque), adjuntar un PCR negativo (muestra 72 horas del embarque) y realizar una cuarentena de 7 días. Las personas extranjeras autorizadas además deberán adjuntar seguro médico Covid y tanto el PCR como el seguro serán requeridos para abordar.
El Ministerio de Salud en conjunto con Cancillería elaboraron un listado de países que ofrecen PCR con resultado en menos de 72 horas y quienes provengan de estos destinos deberán presentarlos sin excepción.
En el mismo sentido, la cartera de Salud y Cancillería elaboraron un listado de países y jurisdicciones donde el resultado del PCR puede llegar a exceder las 72 horas desde donde se aceptará certificado médico asintomático y realización PCR al llegar a la Argentina.
Las fronteras terrestres permanecerán cerradas para el tránsito, excepto para el comercio internacional. Por vía terrestre solo podrán reingresar argentinos y residentes que salieron del país entre abril (momento en que se abrió la frontera) y el 25 de diciembre de 2020 (fecha de cierre de frontera).
Quienes salieron con posterioridad, firmando el consentimiento de conocer la imposibilidad de regresar por un paso terrestre y aún así viajaron, deberán ingresar a través de los aeropuertos o puerto habilitados, con PCR negativo y cuarentena de 7 días.