El ENRE aprobó el Programa para la Revisión Tarifaria de Distribución de Energía Eléctrica en 2024
A mediados de abril, este Ente Nacional también presentó el programa para la revisión tarifaria del servicio de transporte de energía eléctrica.
A través de la Resolución ENRE N° 270/2024, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad aprobó el Programa para la Revisión Tarifaria de Distribución de Energía Eléctrica, que compete a EDESUR y EDENOR. La norma presenta un anexo de once páginas donde figuran los criterios y aspectos metodológicos que estructuran el proceso destinado a configurar los cuadros tarifarios de una y otra empresa para el año en curso.
El Programa para la Revisión Tarifaria de Distribución versa sobre el servicio que EDESUR y EDENOR prestan en el Área Metropolitana de Buenos Aires, bajo jurisdicción federal y en el marco de sus respectivos Contratos de Concesión. Entre los ejes principales figuran:
- El cálculo de costos de operación y mantenimiento de la red eléctrica a cargo.
- El diseño de mecanismos de actualización de la remuneración.
- El cálculo de la tasa de rentabilidad.
- La elaboración de un plan de inversiones.
- La aplicación de un régimen de sanciones y premios.
El inicio del proceso de la Revisión Tarifaria cumple con el artículo 3 del Decreto DNU Nº 55 del 16 de diciembre de 2023, y con el artículo 43 de la Ley Nº 24.065. El mismo decreto establece que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios correspondientes a las prestadoras de los servicios públicos de distribución y transporte de energía eléctrica bajo jurisdicción federal “no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024”.
A mediados de abril, este Ente Nacional aprobó el Programa para la Revisión Tarifaria del Transporte de Energía Eléctrica en 2024, a través de la Resolución ENRE Nº 223/2024, para las empresas concesionarias TRANSENER, TRANSBA, TRANSNOA, TRANSNEA, TRANSPA, TRANSCOMAHUE, DISTROCUYO y para el Ente Provincial de Energía del Neuquén (EPEN). La Resolución ENRE Nº 270/2024 completa el inicio del proceso consignado en el DNU Nº 55.