Presidencia de la Nación

Desregulación y simplificación integral del marco regulatorio de las calificadoras de riesgo

En el marco de la desregulación y simplificación normativa que la Comisión Nacional de Valores (CNV) viene impulsando, tal como se informó en el comunicado del día 3 de septiembre del 2025, el Directorio dispuso, a través de la RG N° 1164, la modificación integral del régimen aplicable a los Agentes de Calificación de Riesgo.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “nos complace presentar esta enorme desregulación que resulta en una reforma integral del marco regulatorio de las calificadoras de riesgo, en línea con el proceso de modernización y simplificación que venimos impulsando”, y agregó que “hemos reducido en más de un 50% la extensión del marco normativo aplicable a dichas entidades, eliminando requerimientos que eran totalmente innecesarios”. Por último, afirmó que “ahora tenemos menos burocracia, procesos más simples y una regulación más eficiente, sin resignar transparencia ni supervisión”.

La reforma reordena y simplifica el régimen aplicable a las calificadoras de riesgo, adecuándolo a lo establecido por la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440, a la derogación del Decreto N° 1023/2013 y a los estándares internacionales de IOSCO. Asimismo, delimita el régimen a las calificaciones públicas de riesgos crediticios y brinda mayor flexibilidad al permitir el desarrollo de actividades complementarias que no generen conflictos de intereses.

Entre las principales modificaciones, se fortalece la independencia del proceso de calificación, eliminando la obligación de notificar previamente las reuniones del consejo de calificación y la participación de la CNV en las reuniones. Se flexibilizan las reglas de tercerización y los convenios de calificación, y se otorga mayor libertad para definir metodologías, escalas y categorías. También se simplifican los requisitos de divulgación y de revisión de las calificaciones, mediante un esquema de monitoreo permanente y continuo, con una actualización anual como mínimo, entre otras obligaciones de información, eliminando cargas innecesarias.

La resultante, en lo que respecta a la normativa aplicable a las calificadoras de riesgo, es una reducción del número de Secciones de 48 a 27, el número de artículos de 164 a 81, lo que equivale a una disminución de más del 50%. Asimismo, elimina los anexos y reorganiza el contenido en tres Capítulos, diferenciando las disposiciones comunes de las específicas para cada categoría de calificadora, con el objeto de evitar reiteraciones y facilitar la consulta e interpretación del régimen.

Conocé en detalle la reforma y sus principales modificaciones acá

RG N° 1164

Scroll hacia arriba