Presidencia de la Nación

Desde ahora, los integrantes de las fuerzas federales podrán votar donde sean designados

A partir de las próximas PASO, los efectivos que presten servicio lejos de su domicilio podrán ejercer su derecho a elegir a sus representantes, a través de la implementación del Voto Comando.


Considerando el derecho a votación de todos los argentinos, es que se decidió incluir a los efectivos de las Fuerzas Armadas, Fuerzas Federales y Fuerzas Provinciales que hasta el momento no podían ejercerlo por estar designados los días de elección en domicilios lejanos al que figura en su DNI.

Con este fin, se conformó una comisión para darle forma a lo que hoy se concreta como el Voto Comando.

Entre Presidencia, Comando General Electoral, Ministerio de Seguridad, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Dirección Nacional Electoral y Correo Argentino, se revisó y sugirieron cambios a la reglamentación y procedimiento vigentes.

Así fue como -con la modificación de la Acordada 79/2015- se habilitó la incorporación al padrón complementario preimpreso del personal subordinado al Comando General Electoral “para las categorías electivas que consideran al territorio nacional como distrito único”.

Ahora, a diferencia de lo que venía sucediendo, podrán votar a través de un procedimiento especial.

PASO A PASO

Hay que tener en cuenta que sólo podrá votar el personal de seguridad previamente convocado y por ello agregado en el padrón preimpreso de la mesa. CS Eduardo Díaz 37772 52-3001

El agente deberá presentarse con su DNI y el Presidente de Mesa deberá recordarle al agente que sólo vota por la categoría Presidente (distrito único en todo el país).

  • Se le entregarán dos sobres: uno, el que usan todos los ciudadanos; y otro con la inscripción "Sobre Cubierta - Voto Comando electoral - Solo categorías habilitadas según domicilio electoral-".

  • El agente ingresará al cuarto oscuro, colocará la boleta de la categoría habilitada en el sobre común a todos los ciudadanos y este lo colocará cerrado en el “Sobre Cubierta”; lo cerrará y colocará en la urna.

  • El Presidente le entregará el troquel correspondiente al cumplimiento de su obligación cívica.

IMPORTANTE

Estos sobres, a pesar de ser colocados en la urna, no se abrirán en el momento del escrutinio provisorio de la mesa, sino que se contabilizarán como como “Votos de Identidad Impugnada”.

Se colocarán en el bolsín de plástico transparente, junto con el padrón de la Mesa, las Actas de apertura y Cierre, y toda la documentación que corresponda.

A diferencia del resto, los sobres cubierta se abrirán en el escrutinio definitivo.

Si por cualquier motivo al momento de votar el agente incorporara boletas que no corresponden a la categoría autorizada, el voto no se anula. Se contabiliza solo la boleta autorizada.

De esta manera, los efectivos de las Fuerzas que se encuentren destinados en lugares lejanos a su domicilio el día de las elecciones, podrán cumplir con su derecho a voto.

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