Desburocratización del procedimiento de Actualización de Prospecto y eliminación de la ratificación de Programas Globales y de Emisor Frecuente
La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó hoy la RG N° 1073, que introduce cambios significativos en las actualizaciones de Prospecto y Programas Globales, eliminando la obligación de ratificar anualmente la condición de Emisor Frecuente.
El objetivo es desburocratizar y simplificar procedimientos para los emisores, equilibrando la transparencia y eficiencia operativa. A partir de ahora la actualización del Prospecto tras la aprobación de Estados Financieros correspondientes a un nuevo ejercicio anual será optativa.
Si se opta por actualizar del Prospecto, se deberá acompañar un Informe de Contador Público Independiente, en el cual se emita opinión sobre la información contenida en dicho documento.
La información que antes se actualizaba en los prospectos deberá ser incluida en los Suplementos de Prospecto para cada emisión dentro de un Programa Global.
Por otra parte, con relación al Régimen de Emisor Frecuente, se elimina la necesidad de ratificación anual; un emisor mantendrá su condición mientras cumpla con la normativa.
Sin embargo, la CNV podrá: a) Requerir información adicional o documentación específica ante circunstancias excepcionales; o b) dar de baja la condición de Emisor Frecuente por incumplimiento.
La normativa también alcanza a los Programas Globales de Emisión de Obligaciones Negociables dentro del Régimen PyME CNV y del Régimen PyME CNV GARANTIZADA, donde la actualización del Prospecto anual será igualmente optativa y se requerirá un Suplemento de Prospecto, similar al Régimen General.
El presidente de la CNV, Roberto E. Silva destacó que “seguimos desburocratizando procesos y quitando trámites innecesarios dentro de la operatoria del mercado de capitales” y agregó que “trabajamos para facilitar la emisión y el acceso al financiamiento del mercado, sacando trabas para que todos los actores tengan un acceso fácil y transparente”.