Criterios generales de la política tributaria federal durante la crisis del COVID 19
Ante la pandemia declarada por la OMS en relación con el COVID 19, el Gobierno Nacional declaró la emergencia sanitaria y decretó medidas de distanciamiento social preventivo y obligatorio. Por sus consecuencias económicas, éstas fueron acompañadas por varias políticas paliativas, entre ellas diversas medidas de política tributaria.
El aislamiento social preventivo y obligatorio afecta en forma crítica varios sectores económicos, disminuyendo significativamente sus ventas. Esto tiene un impacto directo en trabajadores y trabajadoras, sean formales o informales, que se desempeñan en esos sectores, poniendo en riesgo sus ingresos y el bienestar de sus familias. Las acciones que están llevando a cabo el Estado Nacional y las distintas jurisdicciones se orientan a garantizar el ingreso de las familias en emergencia, así como a brindar asistencia a las empresas para ayudarlas a transitar la crisis. Estas medidas representan un esfuerzo fiscal en el corto plazo, ya que significan mayores gastos de la mano de reducciones en la recaudación tributaria, tanto por las medidas en sí mismas como también por la caída en la actividad económica.
En este contexto, se espera que la política tributaria, además de optimizar los instrumentos aplicados en términos de esfuerzo fiscal en el corto plazo, diseñe medidas de alivio que no se conviertan en debilidad de las cuentas fiscales en el mediano y largo plazo. Por el contrario, en un período de revitalización del rol del Estado en la economía y a la luz de las grandes disparidades en capacidad para enfrentar las consecuencias de la emergencia entre grupos poblacionales, se busca que las reformas impulsadas en este contexto sirvan para dar mayor equidad y progresividad al sistema tributario, así como para ampliar sus capacidades de financiamiento del gasto público en el futuro.
En concreto, en esta situación transitoria y heterogénea, es intención que la política tributaria esté guiada por cinco principios generales:
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Facilitar el acceso a la salud como prioridad
Como en primer lugar lo que transitamos es una crisis de salud pública, la prioridad debe ser facilitar en lo que esté al alcance de la política tributaria el acceso a los servicios de salud por parte de la población. En este sentido, es conveniente revisar los aranceles a la importación de insumos críticos, así como aquellos impuestos que alcanzan al sector y que pueden significar un obstáculo para un desempeño con mayor nivel de eficiencia o nivel de actividad (como pueden, por ejemplo, las cargas previsionales y el impuesto sobre los créditos y débitos). -
Brindar beneficios según actividad económica
La idea general es que los distintos beneficios impositivos deben estar orientados a aquellas actividades que fueron afectadas en forma crítica por las medidas de aislamiento social. El criterio establecido por el Estado Nacional para la definición de tales actividades es el del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 347/2020, artículo 2 (y modificatorios), que excluye de las mismas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y cuyo personal fue exceptuado del cumplimiento del aislamiento social. No obstante, el mismo Decreto reconoce la posibilidad de que existan actividades económicas esenciales que de todas formas registren caídas significativas en las ventas. También hay que tener en cuenta que algunas actividades, sin ser esenciales, no exteriorizan indicios concretos que permitan inferir una disminución significativa de su nivel de actividad.
De este modo, las reducciones de impuestos, prórrogas y otros beneficios especiales (como corrimiento de vencimientos, exclusiones de regímenes de retención y percepción, suspensión de medidas cautelares y embargos, suspensión de fiscalizaciones electrónicas, reducción de intereses, planes de pago especiales, etc.) no se espera que sean generales, sino vinculados con las actividades económicas, empresas o personas que fueron afectadas en forma crítica.
Por los motivos ya expuestos, es muy importante mantener la recaudación sobre los sectores que siguen con un nivel de actividad similar o mayor al del inicio de la crisis. Reducciones de impuestos y prórrogas universales implicaría un pérdida innecesaria de recursos fiscales, ya que alcanzan actividades económicas con ventas similares o incluso superiores a la situación previa a la crisis. -
Acotar las reducciones de impuestos a aquellos que significan un costo fijo relevante para las unidades económicas afectadas en forma crítica por el aislamiento
En la mayoría de los casos, los impuestos que gravan la actividad económica son variables y no deberían representar un costo fijo. La principal excepción son las contribuciones patronales a la seguridad social, ya que no varían con el nivel de actividad, sino con el empleo. Por este motivo, el Gobierno Nacional dispuso la postergación y/o reducción del 95% de este tributo, para determinados sectores. Otra excepción son los casos de regímenes simplificados con montos mínimos, caso del Monotributo y Autónomos en el ámbito nacional y los pagos mínimos para pequeños contribuyentes de Ingresos Brutos en las jurisdicciones. -
Acotar temporalmente los beneficios
En general, se busca que los beneficios estén acotados al inicio de las medidas de aislamiento. Como no se sabe la duración de la crisis ya que depende de cómo evolucione la epidemia, se ha considerado que no es razonable realizar postergaciones excesivas (por ejemplo de uno año), sino más bien de plazos cortos y luego, si fuese necesario, se vuelven a extender. -
Fortalecer la simplificación y armonización tributaria federal
La acción conjunta en materia de salud debe trasladarse a una necesaria tarea de simplificación y armonización tributaria federal, tanto en los aspectos de administración (como avanzar en la inscripción y pago único de diversos tributos, armonizar los regímenes de recaudación, uniformidad de valuaciones) como de política tributaria, haciendo más equitativos los tributos coparticipables y armonizando hechos imponibles de los tributos de distintos niveles de gobierno, todo coordinadamente con organismos federales especializados en la materia, como la Comisión Arbitral y la Comisión Federal de Impuestos.
En el contexto de crisis de salud pública generada por el COVID 19, la política tributaria tiene un rol doble de brindar facilidades a las personas y las empresas para ayudarlas a transitar la emergencia, y a la vez configurar el sistema tributario para que la recuperación de los ingresos públicos -conforme las distintas jurisdicciones pueden ir hacia la normalización de actividades económicas- sea rápida y sostenida. Es su aporte a un marco de desarrollo sostenible y con inclusión social, pero también con consistencia macroeconómica.