Presidencia de la Nación

Coronavirus: Licencias preventivas para la comunidad educativa

Comprende a trabajadores y trabajadoras docentes, no docentes o auxiliares y personal directivo.


El Ministerio de Educación de la Nación insta a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la resolución N°105/2020 a otorgar una licencia preventiva por catorce días corridos con goce íntegro de haberes, a los trabajadores y trabajadoras docentes, no docentes o auxiliares y personal directivo de todos los niveles y modalidades de la educación obligatoria y en las instituciones de la educación superior, que se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020.

Asimismo, dispone no computar inasistencias a las y los estudiantes de todos los niveles y modalidades de la educación obligatoria y en las instituciones de la educación superior, que se encuentren comprendidos en las previsiones del mismo decreto.
Por otro lado, dispensa de asistir a sus puestos de trabajo y/o clases conforme con las recomendaciones del Ministerio de Salud, al personal directivo, docente, no docente o auxiliar y estudiantes comprendidos en alguno de los siguientes grupos de riesgo y poblaciones vulnerables: mayores de 60 años; embarazadas en cualquier trimestre; grupos de riesgo (enfermedades respiratorias crónicas, cardíacas, inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica) y desnutrición grave, entro otros).


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RES 2020-16992579-APN-ME (0.16 MB)

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