Presidencia de la Nación

Córdoba: un convenio facilita el acceso a la justicia a comunidades vulnerables

Será para consultantes de CAJ en etapa prejudicial. Se eliminó un paso innecesario para que las personas en condición de vulnerabilidad accedan al beneficio de litigar sin gastos.


El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba aprobó la tramitación del beneficio de mediar y litigar sin gastos en casos derivados por los Centros de Acceso a Justicia (CAJ). Esto implica que consultantes de los CAJ van a poder acceder a la justicia de forma gratuita una vez que hayan sido certificados por las oficinas dependientes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

El protocolo establece que aquellos casos que han sido evaluados como susceptibles de concederse el Beneficio de Mediar/Litigar sin Gastos por el CAJ se lleven adelante con la mayor celeridad posible. De esta forma, se evita la tramitación del proceso previsto en la Sección 2° del Código de Procedimiento Civil y Comercial (artículos 101 a 109), ya que la tarea cumplida por el CAJ comprende los requisitos necesarios e indispensables para la obtención de tal beneficio, lo que redunda en una economía procedimental.

Anteriormente, los/as consultantes tenían que probar su situación de vulnerabilidad primero cuando eran entrevistados por los/as trabajadores/as sociales de los CAJ para ver si su caso reunía las condiciones para acceder al beneficio del patrocinio jurídico gratuito, y por el otro, tenían que volver a relatar su historia para probar su condición de vulnerabilidad para que se les eximiera de tasas judiciales y costos de los procesos.

Acordado este nuevo protocolo, se eliminó un paso innecesario para que las personas en condición de vulnerabilidad accedan al beneficio.

Este nuevo reglamento permite que los/as abogados/as que son parte de la Red de Patrocinio Jurídico Gratuito que reciben casos derivados por el CAJ, puedan presentar un formulario de manera electrónica y con ese beneficio extraordinario se les preapruebe la posibilidad de litigar sin gastos.

La iniciativa surgió de la tarea que se llevó adelante en forma conjunta por la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar del TSJ, la Administración General del Poder Judicial, el Asesor Legal del Área de Administración y los/as representantes de los CAJ, en el marco del convenio firmado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación con el TSJ. A su vez, el citado ministerio tiene un convenio con el Colegio de Abogados de Córdoba mediante el cual se provee servicios de patrocinio jurídico gratuito a las comunidades que padecen problemas de acceso a la justicia.


Descargas

Acuerdo Reglamentario 1594:Tramitación del beneficio de mediar sin gastos electrónico. Certificación del CAJ. (0.39 MB)

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