Presidencia de la Nación

Comunicado a los Sujetos Obligados sobre operaciones con Activos Virtuales

Pedido de informes ante incremento de la operatoria con activos virtuales.


En los últimos tiempos se observa un incremento de las operaciones realizadas a través de activos virtuales. En este contexto, la Unidad de Información Financiera de la República Argentina (UIF-Argentina) advierte que dichas operaciones podrían estar siendo efectuadas por personas que pretenden soslayar los estándares internacionales y evitar el sistema preventivo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, por lo que, entre otras acciones, hace un llamado a los Sujetos Obligados a los efectos que extremen sus recaudos respecto de acciones que pudieran significar una amenaza para al orden económico y financiero de nuestro país.

Atento lo expuesto, se recuerda a los Sujetos Obligados incluidos en los incisos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 del artículo 20 de la Ley Nº 25.246 que deben prestar especial atención al riesgo de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo que implican las operaciones con activos virtuales, como así también establecer un seguimiento reforzado respecto de las mismas, evaluando que se ajusten al perfil del cliente que las realiza, todo ello, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución UIF N° 300/2014. También se los exhorta a cumplir en tiempo y forma con la presentación de los reportes sistemáticos previstos en el artículo 15 Ter de la Resolución UIF N° 70/2011 (acorde la modificación introducida por Resolución UIF N° 300/2014).

Asimismo, la UIF está recabando información de los agentes involucrados con el fin de disponer de datos actualizados respecto a ese tipo de operatorias y adecuar el sistema de prevención de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo de nuestro país a lo dispuesto por el Grupo de Acción Financiera Internacional -GAFI- al modificar la Recomendación 15 de las “40 Recomendaciones” (año 2018). Por su parte, este documento constituye el estándar internacional que todos los países deben cumplir en la materia y que ha incorporado a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales como actores clave para gestionar y mitigar los riesgos emergentes de los Activos Virtuales.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Argentina Unida

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