Presidencia de la Nación

Comunicado de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación

Ante la información brindada por distintos medios de comunicación sobre la presentación de un amicus curiae en referencia al pedido de prisión domiciliaria del Sr. Ricardo Jaime, resulta necesario aclarar algunos puntos sobre el funcionamiento habitual de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y el alcance de dicha presentación en particular.


Ante todo, destacar que la Secretaría de Derechos Humanos (SDH) no actúa de oficio en este tipo de presentaciones, sino que toma intervención ante reclamos concretos realizados por damnificados, familiares o abogados de personas que aducen violaciones a sus derechos humanos.

Es decir que no existe una elección subjetiva de la SDH sobre los casos en los que intervenir, sino que se actúa ante los reclamos recibidos, siempre habiendo previamente analizado la veracidad o seriedad de los mismos y habiendo evaluado la posibilidad de que efectivamente se estén lesionando derechos.

En el caso concreto de la presentación realizada por el Sr. Jaime, fue su defensa quien acudió a la SDH para plantear el caso. La misma alegó un delicado estado de salud de la persona detenida, agravada por su edad, y la irrupción de la pandemia del COVID-19; a su vez, manifestando que los anteriores rechazos judiciales ponían en riesgo la salud e incluso la vida del imputado.

En ese sentido, y teniendo especialmente en cuenta las recomendaciones notificadas frente al brote de coronavirus por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al Estado Argentino, acerca de la conveniencia de otorgar prisiones domiciliarias a las personas en grupos de riesgo, sumado a que el Sr. Jaime no cuenta con una condena firme en su contra y comprobado su estado de salud, es que esta SDH propició, a través del amicus curiae, el pedido de prisión domiciliaria.

Vale destacar, para que no existan confusiones al respecto, que la SDH en ningún momento emitió opinión acerca de la culpabilidad o inocencia del Sr. Jaime, sino que simplemente se pronunció acerca de su derecho a la prisión domiciliaria.

Por otro lado, es importante señalar que la SDH ha presentado en estos cuatro meses de gestión siete amicus curiae frente a distintos reclamos recibidos, algunos de ellos por parte de personas conocidas públicamente, otros no. Por ejemplo, en la causa “SAGANIAS, Flavia Silvana s/incidente de prisión domiciliaria” (Exp. Nº8939396), se apoyó también un pedido de prisión domiciliaria hecho por su abogado.

Asimismo, la SDH ha tomado intervención directa en numerosos casos de posibles violaciones a derechos humanos a través de otros instrumentos además de esos amicus, como ser notas a fiscalías, juzgados, comisarías, defensorías, llamados telefónicos, correos electrónicos, habeas corpus, etc. Siempre ante denuncias concretas y con el fin de evitar posibles violaciones a los derechos humanos.

Todas las presentaciones de la SDH se dan en el marco de sus funciones sobre el cumplimiento de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, comunitarios y los derechos de incidencia colectiva en general, como así también la misión de coordinar acciones para la protección de los derechos humanos con el Poder Judicial (Cfr. Decreto N° 50/2019).

La SDH siempre actúa teniendo en cuenta que ejerce la representación del Estado Nacional ante los Organismos Internacionales de Derechos Humanos, por lo que debe defender internacionalmente el cumplimiento de los compromisos asumidos a través de los tratados internacionales de derechos humanos. Es por eso que cada presentación realizada –incluida la del Sr. Jaime- es elaborada señalando antecedentes de condenas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la Argentina por casos similares, para evitar que el Estado sea sancionado nuevamente.

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