Presidencia de la Nación

Cómo investiga la Oficina Anticorrupción las potenciales violaciones a la Ley de Ética Pública

Investigaciones sobre violaciones a la ley de ética


  1. Realiza un análisis inicial basado en información de acceso público y/u obrante en la Oficina Anticorrupción. En este paso se determina el objeto de la investigación, los hechos y/o circunstancias relevantes que deben ser acreditadas, y, las medidas de prueba a realizar (por ejemplo: se libran pedidos de información a organismos públicos y privados, nacionales, provinciales, municipales e internacionales).

  2. El análisis de la prueba acumulada considera también regulaciones vigentes.

  3. Se notifica al funcionario bajo análisis quien accede a la copia completa del expediente, para que haga su descargo y ejerza su derecho a la defensa, una vez finalizada la producción de prueba.

  4. Se elabora el Informe Técnico en el que se analiza toda la documentación y la normativa aplicable contemplada en el expediente, sugiriendo la resolución a adoptar por el titular de la OA.

  5. Se elabora un Proyecto de Resolución que se envía a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia a fin de que verifique el cumplimiento de la legalidad del procedimiento y el contenido del proyecto.

  6. Una vez devuelto, la Oficina Anticorrupción dicta la Resolución que envía al funcionario bajo análisis y publica en la página web.

  7. La Resolución de la Oficina Anticorrupción contiene una descripción detallada del caso, la normativa aplicable, la valoración de la prueba, el procedimiento realizado, un informe técnico y una parte resolutiva con instrucciones, recomendaciones o sanciones previstas en la ley.

Nota: El análisis se rige por los pasos y los plazos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos. El tiempo de la investigación puede variar ya que depende de la complejidad del caso, de la cantidad de medidas de prueba solicitadas y que las respuestas lleguen en tiempo oportuno.

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