Presidencia de la Nación

Ampliación de convenio marco con la Corte bonaerense

El Ministerio de Justicia y la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires firmaron el Acta Complementaria Nº 1 al Convenio Marco de Cooperación y Asistencia técnica, con el propósito de llevar adelante la implementación de la Oralidad en los fueros Civil y Comercial.


El ministro Germán Garavano y el presidente de la Suprema Corte, Luis Genoud, rubricaron el acuerdo a partir del reconocimiento de que es necesario reducir los plazos totales del proceso de conocimiento, mediante el control de la duración del período de prueba y aumentar la calidad de las decisiones juridiccionales, a través de la inmediación del juez – su presencia en la práctica de diligencias probatorias, en la comparecencia de las partes y en las vistas- . CONVENIO NRO. 412

La experiencia de generalización de la oralidad empezó a aplicarse el 1° de Agosto de 2016 en 55 juzgados de 15 Departamentos Judiciales de la Provincia de Buenos Aires, en todos los procesos de conocimiento iniciados a partir de esa fecha y a los que, iniciados con anterioridad, se encontraran en la etapa postulatoria.

Mediante el convenio el Ministerio de Justicia se comprometió a brindar apoyo a la Corte provincial en lo concerniente a las experiencias de modernización del sistema judicial. Asimismo, a partir de la Resolución Nº 1904/12, la Corte puso en funcionamiento un proceso de videograbación de las audiencias en los fueros civil y comercial, que luego se extenderá a otros fueros.

El impulso de la dinámica de la oralidad en ambos fueros se inscribe dentro de los objetivos del programa Justicia 2020, que impulsa una justicia transparente, cercana a la comunidad, moderna e independiente.

Conforme a lo establecido en el acuerdo, la cartera presidida por el ministro Garavano brindará apoyo para la capacitación de jueces y secretarios que participen de los procesos de oralidad, y colaborará en la medición de indicadores de la experiencia hasta agosto de 2017. De todos modos, las tareas de capacitación, seguimiento, medición y difusión serán llevadas adelante conjuntamente entre los dos estamentos públicos. También, el Ministerio proveerá la ayuda financiera proveniente de los fondos del Sistema de Cooperación Técnica y Financiera, según lo estipulado por la ley Nº 23283.

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