Presidencia de la Nación

Acciones del INAM para promover la incorporación del enfoque de género en la Justicia


El Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) en función de garantizar, como Estado Nacional, una respuesta integral y articulada sobre la violencia de género y bregar por la incorporación de la perspectiva de género en la Justicia, ha intervenido en la causa por el femicidio de Debora Natalín Diaz, luego que el Tribunal Oral dictara una sentencia desconociendo la violencia de género que padecía la Mujer y no considerando el agravante por Femicidio que prevé el Código Penal.

A fin de trabajar conjuntamente con la Fiscalía, el INAM se puso en contacto con la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Especializada en Investigaciones de Delitos Vinculados con Violencia de Género del Distrito Pilar - Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Cataluyud, quien remitió copia de la Causa 5113 “Montenegro Brian Emanuel S/ Homicidio agravado por el vínculo y por haberse perpetrado mediando violencia de género, y desobediencia”.

La presentación de INAM se efectuó en la Sala IV de la Excma. Cámara de Casación de la Provincia de Buenos Aires y remarcó punto por punto de la sentencia que vulneraba los Derechos de la Mujer al no haber valorado los elementos de prueba aportados que demostraban la situación de violencia de género que se encontraba padeciendo históricamente. En particular, las denuncias que había iniciado y las medidas de protección que se encontraban vigentes. En este sentido, se expuso:

“...el INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES ha fundamentado cabalmente su firme decisión de tomar intervención en la presente causa. Como ya hemos mencionado, el INAM en su carácter de organismo rector de la Ley 26.485 debe promover la incorporación de la perspectiva de género en los procesos judiciales, contribuyendo a promover investigaciones judiciales desde un enfoque igualitario evitando cualquier tipo de discriminación hacia la mujer. Es así que las sentencias basadas en prejuicios y visiones estereotipadas de género, imposibilitan una resolución judicial justa y adecuada. Se trata de reconocer aquellas desigualdades estructurales de los agentes involucrados en los hechos como marco general para reconocer los hechos investigados, lo cual se fundamenta en el principio de igualdad y no discriminación. Es por esto, que solicitamos que la sentencia se encuadre en las figuras legales pertinentes. Se considera que solo de esta manera, se intervendrá desde el encuadre de Derechos Humanos, de género y de diversidad sexual, al cual nos hemos obligado siguiendo el Artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional Argentina y la vasta normativa nacional desarrollada”.

A raíz de la intervención del Instituto Nacional de las Mujeres se puede resaltar un enfoque más adecuado en consonancia con las leyes vigentes en materia de Derechos Humanos e incorporación de la perspectiva de género en Justicia, por lo que destacamos los siguientes puntos:

  1. Reconoce la agravante por el vínculo y por violencia de género “Femicidio”.
  2. Dice que no estaba en estado de emoción violenta al momento de llevar adelante el Femicidio.
  3. Condena a Brian Emanuel MONTENEGRO a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo autor penalmente del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y resultar víctima una mujer mediando violencia de género en concurso real con desobediencia. Sin costas en esta instancia.

De esta forma, desde el Instituto Nacional de las Mujeres celebramos y promovemos la incorporación de la perspectiva de género en la Justicia en pos del resguardo de todas las mujeres que sufren alguna situación de violencia. Consideramos fundamental que todos los poderes del Estado trabajen mancomunadamente para garantizar el derecho de las mujeres de todo el país a vivir una vida libre de violencia.

Scroll hacia arriba