Modificatoria de la Ley 9.356 - Ley de Presupuesto Provincial 2022
LEY 9.368
MENDOZA, 28 de Diciembre de 2021
Boletín Oficial, 13 de Enero de 2022
Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º- Modifíquese el artículo 38 de la Ley Nº 9.356 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 38- Exceptúase única y excepcionalmente para el ejercicio presupuestario 2021, en atención a la situación de emergencia establecida por la Ley 9.320, del cumplimiento de la normativa prevista en el primer párrafo del artículo 36 de la Ley 7.314 y sus modificatorias, referido a los gastos del personal permanente, temporario y locaciones de servicios del Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V) y hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%)".
Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
JUAN CARLOS JALIFF -ANDRÉS LOMBARDI -JORGE DAVID SAEZ -MARÍA CAROLINA LETTRY