Modifica Ley Orgánica de Ministerios
Ley 8.980
SANTA FE, 02 de Abril de 1982
Boletín Oficial, 20 de Abril de 1982
Derogada
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY
ARTICULO 1. Modifícanse los artículos 20 y 28 de la Ley N 8882, Orgánica de Ministerios de la siguiente forma:
Artículo 20: Sustitúyese el inciso 35 por el siguiente:
"35 - Entender en la fiscalización del estado de salud de los aspirantes a ingresar en la administración pública provincial y de aquellos que ya se desempeñan en la misma."
Artículo 28: Sustitúyese el inciso 12 por el siguiente:
"12 - Entender en todo lo relacionado con turismo de desarrollo y social."
ARTICULO 2. Inscríbase en el Registro General de Leyes, comuníquese, publíquese y archívese.
Firmantes
CASIS.LOPEZ SAUQUE.