Régimen Especial de Contrataciones
LEY 8.939
MENDOZA, 20 de Diciembre de 2016
Boletín Oficial, 23 de Diciembre de 2016
Vigente, de alcance general
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de LEY:
Artículo 1° - Apruébase el Régimen Especial de Contrataciones para la reparación, ampliación, instalación, mantenimiento, conservación, estudios complementarios y servicios conexos a realizar en los establecimientos educativos dependientes de la Dirección General de Escuelas.
Artículo 2° - Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través de la Subsecretaría de Infraestructura Social Básica dependiente del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, y de la Dirección General de Administración de la Dirección General de Escuelas, se aplique el régimen especial que establece el Artículo 1°, conforme lo determine la reglamentación de la presente ley, debiéndose informar a las Comisiones de Hacienda y Presupuesto de ambas H. Cámaras Legislativas los resultados alcanzados cuatrimestralmente, detallando, edificios escolares, tipo de reparación, monto y empresa, para cada una de las contrataciones.
Artículo 3° - Autorízase a los fines previstos por el Artículo 1° a implementar el procedimiento de contratación directa, como excepción al régimen general de contrataciones previsto en el Artículo 139 de la Ley 8.706 , por un monto de hasta Pesos dos millones ($ LEYES 2.000.000) por cada edificio escolar, cuyo trámite de contratación podrá realizarse en forma individual o por grupo de edificios, previa invitación a tres (3) proveedores y compulsa de precios.
Artículo 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
Juan Carlos Jaliff - Diego Mariano Seoane - Néstor Parés - Jorge Manzitti