Presidencia de la Nación

Vigente, de alcance general


Modificación del Régimen Orgánico de los Partidos Políticos

LEY 8.782

SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 21 de Mayo de 2015

Boletín Oficial, 27 de Mayo de 2015

Vigente, de alcance general

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1.- Modifícase la Ley N° 5454 (Régimen Orgánico de los Partidos Políticos en la forma que se indica a continuación:

- Reemplazar el Artículo 41, por el siguiente:

Art. 41.- Para la nominación de candidatos a cargos públicos provinciales, municipales y/o comunales de acceso electivo, los partidos políticos, frentes y/o alianzas electorales deben celebrar una elección interna.

No es necesaria la celebración de la elección interna cuando exista sólo una lista inscripta para participar en ella.

Los precandidatos que se presenten en las elecciones internas y candidatos a elecciones generales, sólo pueden hacerlo en las de una (1) sola agrupación política, para una (1) lista interna y para una (1) categoría de cargos electivos.

Los precandidatos a cargos públicos electivos nacionales no pueden ser candidatos a cargos públicos electivos provinciales. A sus efectos los precandidatos deberán presentar declaraciones juradas que manifiesten que no se encuentran incursos en esta inhabilidad.

Art. 2.- Comuníquese.

Firmantes

Regino Néstor Amado, Presidente Subrogante a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán.

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