Ratificación del decreto 2788/07 sobre aprobación de convenio entre nación y provincia sobre asignación mensual complementaria a jubilados.
LEY 7.801
MENDOZA, 23 de Octubre de 2007
Boletín Oficial, 25 de Octubre de 2007
Vigente, de alcance general
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1.- Ratifícase el Decreto Nº 2788 de fecha 16 de octubre de 2007, por el cual se aprueba el convenio celebrado entre la Nación y la Provincia de Mendoza a fin de establecer una asignación mensual, personal y complementaria para los jubilados y pensionados provinciales transferidos en virtud del Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional suscripto entre las partes el 26 de enero de 1996 y que como anexo forma parte de la presente Ley.
Artículo 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a incrementar el presupuesto de erogaciones vigente en la suma de Pesos cuatro millones doscientos mil ($ 4.200.000.-), a fin de atender las erogaciones que se deriven del cumplimiento de la cláusula 2 y punto E del anexo del convenio celebrado entre la Provincia y el Estado Nacional con fecha 11-10-07. Las erogaciones del presente artículo serán financiadas con uso del crédito, adicional y distinto del establecido en el artículo 8 de la Ley 7650 y serán suficientes para atender el período comprendido entre octubre y diciembre de 2007.
Artículo 3.- A los efectos del cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior se exceptúa al Poder Ejecutivo de la limitación dispuesta por el artículo 46 de la Ley Nº 7314.
Artículo 4.- El Poder Ejecutivo deberá incorporar en el proyecto de presupuesto 2008 los créditos necesarios para atender los gastos que en ese ejercicio demande el cumplimiento del convenio ratificado en esta Ley. A esos efectos deberá prever la constitución de un fondo solidario por la suma de Pesos quince millones ochocientos mil ($ 15.800.000.-).
Artículo 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
Mauricio Suárez-Analía V. Rodríguez-Andrés Omar Marín-Jorge Manzitti.