Presidencia de la Nación

Vigente, de alcance general


Autorización al Poder Ejecutivo a participar como inversor en el fideicomiso financiero "Beazley la Dormida"

LEY 7.599

MENDOZA, 11 de Octubre de 2006

Boletín Oficial, 06 de Noviembre de 2006

Vigente, de alcance general

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía, a participar en calidad de Inversor en el Fideicomiso Financiero "Beazley - La Dormida", a crearse dentro del Programa Global Ampliación Gasoducto, en el marco del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 180/04 para atender las Inversiones en Obras de Transporte y Distribución de Gas Natural.

Artículo 2. - Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir en dicho Fideicomiso Financiero hasta la suma de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000).

Artículo 3. - El Poder Ejecutivo deberá realizar todas las gestiones necesarias ante la Secretaría de Energía de la Nación, para que se le de prioridad absoluta a la Obra de Ampliación de la Capacidad de Transporte del Tramo Parcial San Luis (Beazley) - Mendoza (La Dormida).

Artículo 4.- Incorpórase en el artículo 1 de la Ley 7498 el inciso 12, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"12) Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la cantidad de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000) en el Fideicomiso Financiero "Beazley - La Dormida" a crearse dentro del Programa Global Ampliación Gasoducto, en el marco del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 180/04 para atender las Inversiones en Obras de Transporte y Distribución de Gas Natural."

Artículo 5.- El Poder Ejecutivo deberá realizar todas las gestiones necesarias ante el Gobierno de la Provincia de San Juan para que efectúe el aporte proporcional a su consumo.

Artículo 6.- Previo a realizar el aporte autorizado, el Poder Ejecutivo realizará las negociaciones con ENARGAS y Secretaría de Energía de la Nación, tendientes al recupero efectivo de la inversión en el Fideicomiso Financiero.

Artículo 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Firmantes

Juan Carlos Jaliff Analía V. Rodríguez Andrés Omar Marín Jorge Manzitti.

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