Presidencia de la Nación

Vigente, de alcance general


Ley modificatoria de la ley 3799-ley de contabilidad

LEY 7.452

MENDOZA, 16 de Noviembre de 2005

Boletín Oficial, 20 de Diciembre de 2005

Vigente, de alcance general

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1. - Nota de Redacción (Modifica Ley 3799).

Artículo 2.- Nota de Redacción (Modifica Ley 3799)

Artículo 3.- Nota de Redacción (Modifica Ley 3799)

Artículo 4.- La reglamentación establecerá los procedimientos necesarios para la implementación de lo dispuesto en el nuevo Art. 30 de la Ley de Contabilidad Nº 3799, incorporado por el Art. 2 de la presente ley, en un plazo de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la publicación de esta Ley en el Boletín Oficial.

Se otorga un plazo de treinta (30) días a los Organismos, contados a partir de la publicación de esta Ley en el Boletín Oficial, para implementar la disposición establecida en el texto modificado del Art. 33 de la Ley de Contabilidad Nº 3799, propuesto por el Art. 3 de la presente, el que podrá prorrogarse únicamente cuando por razones técnicas de conectividad debidamente certificadas no fuera posible su cumplimiento.

Artículo 5.- Derógase el apartado 19 del inc. b) del Art. 29 de la Ley de Contabilidad Nº 3799, incorporado por el Artículo 114 de la Ley Nº 7324.

Artículo 6.- A los efectos determinados en los Artículos 6, 8 punto a), 10 y concordantes del Decreto Nº 1535/05, reglamentario del artículo 12 de la Ley 7.324, considérense comprendidas en el reconocimiento de la metodología que implementa dicho decreto, a las adquisiciones de materiales de construcción que se hubieren efectuado bajo los preceptos de la Ley Nº 3799.

Artículo 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Firmantes

Mauricio Suárez.- Presidente Provisional a/c de la Presidencia H. Cámara de Senadores Luis Alfonso Petri.- Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores Raúl Horacio Vicchi Presidente H. Cámara de Diputados Jorge Manzitti.- Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados.

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