Ejercicio 1998 aplicación ley de avalúo 6443
LEY 6.552
MENDOZA, 10 de Diciembre de 1997
Boletín Oficial, 14 de Enero de 1998
Vigente, de alcance general
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1.- Establécese que para el ejercicio 1998 regirá la ley de avalúo N. 6443. A tal efecto en la citada disposición dice:
"1996", debe considerarse "1997", y donde dice "1997", debe considerarse "1998".
ARTICULO 2.- Las parcelas urbanas que sean censadas durante el ejercicio fiscal 1998, se incorporaran con rige 1ª de enero de 1997.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.