Modifica artículo 2º e incorpora artículo 4º a la Ley 4.118 (el Poder Legislativo hará Ordenamiento de las Leyes-Texto Ordenado)-Deroga Ley 5.131 (Adecua Textos Leyes c/remisiones const. Pcial. Y Denoin. Ministerios)
LEY 6.296
RESISTENCIA, 04 de Marzo de 2009
Boletín Oficial, 13 de Abril de 2009
Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia
Art. 1: Nota de Redacción: Modifícase el artículo 2º de la ley 4.118 -El Poder Legislativo ordena texto de leyes-.
Art. 2: Nota de Redacción: Incorpórase como artículo 4º a la ley 4.118 -El Poder Legislativo ordena texto de leyes-.
Art. 3: Modifícanse los numerales de los artículos 4º y 5º de la ley 4.118, los que pasarán a ser 5º y 6º respectivamente.
Art. 4: Derógase la ley 5.131.
Art. 5: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
MASTANDREA - Godeas