Modifica e incorpora arts. a Ley 4.209 (Código de Faltas de la Prov. del Chaco)
LEY 6.134
RESISTENCIA, 07 de Mayo de 2008
Boletín Oficial, 04 de Junio de 2008
Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia
Art. 1: Nota de Redacción: Incorpórase como artículo 9º bis a la ley 4.209 y sus modificatorias -Código de Faltas de la Provincia-.
Art. 2: Nota de Redacción: Modifícanse los artículos 36, 135 inciso c) y 139 de la ley 4.209 y sus modificatorias -Código de Faltas de la Provincia-.
Art. 3: Nota de Redacción: Incorpórase como artículos 140 bis y 140 ter a la ley 4.209 y sus modificatorias -Código de Faltas de la Provincia-.
Art. 4: Nota de Redacción: Modifícanse los artículos 142 y 143 de la ley 4.209 y sus modificatorias -Código de Faltas de la Provincia-.
Art. 5: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
MALDONADO - Bosch