INNOVACION TECNOLOGICA EN LA PRODUCCION. ADHESION A LA LEY NACIONAL N. 23.877
LEY N. 4953
SAN LUIS, 20 de Mayo de 1992
Boletín Oficial, 09 de Octubre de 1992
Derogada
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1: Adhiérase la Provincia de San Luis a la Ley Nacional N. 23.877 sobre el Régimen de Innovación Tecnológica en la Producción conforme a lo establecido en el Artículo 18 de la misma.
ARTICULO 2: La autoridad de aplicación será el Comité Provincial de Ciencia y Tecnología, cuyas funciones serán las dispuestas por el Artículo 22 de la Ley Nacional N. 23.877.
ARTICULO 3: El Consejo Consultivo previsto por el Artículo 21 de la Ley Nacional N.
23.877, será ejercido por el Consejo Provincial de Ciencia y Técnica, creado por decreto N. 180.
ARTICULO 4: La autoridad de aplicación, propondrá la reglamentación general de la presente Ley a los NOVENTA (90) días de su promulgación la que deberá ser aprobada dentro de los NOVENTA (90) días posteriores.
ARTICULO 5: Derógase toda legislación que se oponga a la presente Ley.
ARTICULO 6: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Firmantes
QUINZIO-FERNANDEZ-TORINO-CABAÑEZ