Modificación de la Ley 1179 de creación del Instituto de Desarrollo Urbano
LEY 3.676
RIO GALLEGOS, 14 de Noviembre de 2019
Boletín Oficial, 28 de Noviembre de 2019
Vigente, de alcance general
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: Ley
Articulo.1.- INCORPORESE como Inciso 11) del Articulo 3 de la Ley 1179 y modificatorias, el siguiente texto:
"Articulo 3.- El Instituto tendrá por finalidad:
11) Administrar y adjudicar las tierras que les fueran cedida o transferida por el Poder Ejecutivo Provincial o el Consejo Agrario Provincial para planes de urbanización, de conformidad a lo establecido en los objetivos de la ley"
Articulo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y, cumplido ,ARCHIVESE.-
Firmantes
JOSE RAMON BOLDOVIC Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz - PABLO ENRIQUE NOGUERA Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz