Presidencia de la Nación

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ley 327 E

Vigente, de alcance general


TASA DE JUSTICIA-PAGO-EXENCIÓN DE TASA DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del 15-Feb-2000
Resumen:

Tasa Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

Observaciones:

OBSERVACION:Observaciones Generales:1. # La presente norma contiene remisiones externas 2. Se deja constancia que todas las referencias a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario, sus competencias o sus autoridades, contenidas en la presente norma se considerarán hechas a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, su competencia o sus autoridades (conforme art. 4º, Ley Nº 2.603).

"Texto consolidado por Ley Nº 6.017 al 28 de febrero de 2018. Rama E: Económico, Financiero y Tributario"

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