Presidencia de la Nación

Buenos Aires

Ley 187

Vigente, de alcance general


IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL-ZONA FRÍA-BENEFICIOS TRIBUTARIOS

BENEFICIOS IMPOSITIVOS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del 01-Abr-2020
Resumen:

Establecer que el plazo de los beneficios impositivos previstos en los artículos 3° de la Ley N° 12.322 y 2° de la Ley N° 12.323, y modificatorias, será de un (1) período fiscal, contado a partir del 1° de enero de 2020

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