Suspenden por dos (2) años la exigencia del examen oral para los procesos de evaluación generados en concursos convocados por el Consejo de la Magistratura
LEY 15.316
LA PLATA, 28 de Diciembre de 2021
Boletín Oficial, 14 de Enero de 2022
Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Art 1º : Suspéndese por dos (2) años la exigencia del examen oral establecida en el artículo 26 de la Ley 11.868 para los procesos de evaluación generados en concursos convocados por el Consejo de la Magistratura. Esta reforma será también aplicable a los llamados convocados en los que no se hubiere iniciado la etapa de evaluación.
ARTÍCULO 2°: Suspéndese para los años 2022 y 2023 la convocatoria dos (2) veces por año calendario a examen de oposición de los postulantes para cubrir las vacantes que se produzcan en órganos de igual jerarquía y competencia material en cualquier lugar de la Provincia, establecida en el artículo 25 de la Ley 11.868 .
ARTÍCULO 3°: Efectúense las readecuaciones reglamentarias pertinentes.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
OTERMIN-Magario- Garciarena-Bampini