Suspenden por el plazo de trescientos sesenta (360) días las medidas judiciales y/o administrativas que pesan sobre un inmueble
LEY 14.813
LA PLATA, 31 de Marzo de 2016
Boletín Oficial, 19 de Abril de 2016
Vigente, de alcance general
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1º: Suspéndense por el plazo de trescientos sesenta (360) días, en los términos del artículo 70 de la Ley 14.449 , todas las medidas judiciales y/o administrativas que pesan sobre el inmueble denominado catastralmente como Circunscripción IX, Sección B, Quinta 2, Parcela 4, inscripto su dominio en la Matrícula 149.603, a nombre de Jacobo Hamame y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, que conforma el asentamiento precario denominado "Barrio Villa Montoro 3", ubicado en la localidad de Villa Alba partido de La Plata.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
SARGHINI-Salvador-Cergnul-Mugnolo