Modificación de la Ley Orgánica de Comunas de Santa Fe
LEY 13.863
SANTA FE, 29 de Noviembre de 2018
Boletín Oficial, 22 de Enero de 2019
Vigente, de alcance general
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1 - Modifícase la Ley Orgánica de Comunas de Santa Fe N° 2439 , en el Artículo 65, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 65 - Para todo lo que se relacione con asuntos de pertenencia a obras comunales, como también las enajenaciones, compras, trabajos, instalaciones, reconstrucciones y contratos en general, se procederá de la siguiente manera, de conformidad con los montos resultantes de aplicar los siguientes porcentajes sobre el límite determinado en la Ley de Presupuesto Anual de la Provincia para las licitaciones públicas en vigencia al momento de contratación:
a) Hasta la suma equivalente al cinco por ciento (5%), por contratación directa, debiendo requerirse dos presupuestos cuando supere la mitad de dicha suma, formalizándose por Acta de Condición Comunal y el dictado de la Ordenanza.
b) Hasta la suma equivalente al veinte por ciento (20%), por concurso de precios.
c) Mas del veinte por ciento (20%), por el sistema de licitación pública".
ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
ANTONIO JUAN BONFATTI, Presidente, Cámara de Diputados- C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI, Presidente, Cámara de Senadores- Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS, Secretario Parlamentario, Cámara de Diputados- D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO, Subsecretario Legislativo, Cámara de Senadores.