MODIFICATORIA DE LA LEY 9728 SOBRE PERSONAL POLICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEY 10.001
CORDOBA, 26 de Octubre de 2011
Boletín Oficial, 05 de Diciembre de 2011
Vigente, de alcance general
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º.- Sustitúyese el inciso c) del artículo 93 de la Ley Nº 9728 y su modificatoria -Personal Policial de la Provincia de Córdoba- por el siguiente:
"c) El compren dido en el inciso h) del artículo 68 de la presente Ley, el sueldo básico, los suplementos generales, los gastos por mantenimiento de uniforme y las bonifica ciones que correspondieren, salvo la compensación de servicios adicionales y recargo de servicio, y." Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Firmantes
HECTOR OSCAR CAMPANA VICEGOBERNADOR PRESIDENTE PROVISORIO LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA GUILLERMO CARLOS ARIAS SECRETARIO LEGISLATIVO LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA