Presidencia de la Nación

COMISION NACIONAL DE VALORES


COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resolución General 749/2018

Elaboración Participativa de Normas. Aplicación.

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2018

VISTO el Expediente Nº 1454/2018 caratulado “PROYECTO DE RG (EPN) S/ REGLAMENTACION ART. 72 LEY N° 24.441 Y ART. 1.692 CCYCN MODIFICADOS POR LA LEY N° 27.440”, lo dictaminado por la Gerencia de Fideicomisos Financieros, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440, en su Título II, introdujo modificaciones a la Ley N° 24.441, específicamente en los artículos 70 y 72, con el objetivo de facilitar y agilizar el procedimiento de notificación a los deudores de créditos, en caso de cesión de los mismos.

Que, en tal sentido, se actualiza el régimen legal aplicable a la cesión de derechos como componentes de una cartera de créditos presentes o futuros, admitiéndose como medio de notificación fehaciente al deudor cedido, para los casos previstos en el artículo 70 de la Ley Nº 24.441 y ante la inexistencia de previsión contractual sobre la posibilidad de cesión sin notificación, la publicación en el sitio electrónico de la Comisión Nacional de Valores conforme la normativa que a tal efecto dicte el organismo.

Que, asimismo, en el Título XI de la Ley Nº 27.440 se dispuso la modificación del artículo 1.692 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (CCyCN).

Que la nueva redacción del artículo 1.692 del CCyCN establece que la obligación de inscripción en el registro dispuesta en el artículo 1.669 se entenderá cumplimentada con la autorización de oferta pública en aquellos contratos de fideicomisos financieros constituidos en los términos del artículo 1.691, de acuerdo al procedimiento que disponga la Comisión Nacional de Valores.

Que, en orden a lo anterior, la presente Resolución General propicia la adecuación de la reglamentación contenida en las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), a los fines de ajustar las mismas a las reformas introducidas por la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440.

Que atendiendo a las modificaciones propuestas, y como continuidad de la política adoptada por el Organismo en materia reglamentaria, corresponde la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N° 1172 del 3 de diciembre de 2003.

Que, conforme lo determina el referido Decreto, la “Elaboración Participativa de Normas” es un procedimiento que, a través de consultas no vinculantes, involucra a sectores interesados y a la ciudadanía en general en la elaboración de normas administrativas y de proyectos de ley para ser elevados por el Poder Ejecutivo Nacional al Honorable Congreso de la Nación, cuando las características del caso, respecto de su viabilidad y oportunidad, así lo impongan.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 19, inciso h) de la Ley Nº 26.831 y sus modificatorias, artículo 72 de la Ley N° 24.441 y sus modificatorias, artículo 1.692 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN, y el Decreto N° 1172/2003.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N° 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la adopción de una reglamentación sobre “REGLAMENTACIÓN ART. 72 LEY N° 24.441 Y ART. 1.692 CCYCN MODIFICADOS POR LA LEY N° 27.440”, tomando en consideración el texto contenido en el Anexo I (IF-2018-31355878-APN-GAL#CNV) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Designar al Dr. Diego Eduardo RIVERO para dirigir el procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” conforme al Decreto N° 1172/2003.

ARTÍCULO 3°.- Autorizar a ingresar las opiniones y/o propuestas y a tomar vista del Expediente N° 1454/2018 a través del sitio web www.cnv.gob.ar.

ARTÍCULO 4°.- Aprobar el Formulario que se adjunta como Anexo II (IF-2018-31357088-APN- GAL#CNV) que forma parte integrante de la presente Resolución, como modelo para ingresar las opiniones y/o propuestas a través del sitio web www.cnv.gob.ar.

ARTÍCULO 5°.- Fijar un plazo de QUINCE (15) días hábiles para realizar presentaciones de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse a través del sitio web www.cnv.gob.ar.

ARTÍCULO 6°.- Publíquese la presente Resolución General por el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina cuya entrada en vigencia será a partir del día siguiente al de su última publicación.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, publíquese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el sitio web del Organismo www.cnv.gob.ar, y archívese. Rocio Balestra - Patricia Noemi Boedo - Carlos Martin Hourbeigt - Martin Jose Gavito

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/07/2018 N° 47848/18 v. 05/07/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)

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