Presidencia de la Nación

SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 563-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2017

VISTO el Expediente N° S01:0155113/2012 del Registro del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y el Numeral 19.16 del Capítulo XIX del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal aprobado por el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que debido a los avances de la tecnología y a los modernos procedimientos para la elaboración de gelatinas y/o colágenos, resulta necesario actualizar la normativa vigente, referente a la denominación de un nuevo producto designado como “colágeno hidrolizado” y al contralor higiénico-sanitario integral de los establecimientos elaboradores que lo produzcan.

Que dicha actualización es acorde a las exigencias de los mercados compradores y a la nueva realidad de la agroindustria argentina y del comercio internacional.

Que la Comisión Permanente de Estudio y Actualización del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal ha tomado la debida intervención.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto, de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitución: Se sustituye el texto del Numeral 19.16, Capítulo XIX del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, que como Anexo (IF-2017-18409253-APN-DNIYCA#SENASA) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Vigencia: La presente resolución comienza a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge Horacio Dillon.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/09/2017 N° 64520/17 v. 05/09/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO

Colágeno y derivados







IF-2017-18409253-APN-DNIYCA#SENASA



Hoja Adicional de Firmas

Informe gráfico

Número: IF-2017-18409253-APN-DNIYCA#SENASA

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 29 de Agosto de 2017

Referencia: E 155113-2012 COLAGENO HIDROLIZADO ANEXO

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Digitally signed by DAL BIANCO Jorge Luis

Date: 2017.08.29 12:08:02 ART

Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Jorge Dal Bianco

Director

Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
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