Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS


INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 473/2018

RESOL-2018-473-APN-INAI#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2018

VISTO, las Leyes Nº 26.160, Nº 26.554, Nº 26.894, Nº 27.400, el Decreto Reglamentario Nº 1.122/07; la Resolución INAI Nº 587/07 y el Expediente Nº CUDAP: EXP-S04:0040517/2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente citado en el VISTO, tramitó el relevamiento técnico, jurídico, catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional N° 26.160, en la COMUNIDAD MAPUCHE LAFKENCHE, perteneciente al Pueblo Mapuche, Provincia del Neuquén, Personería Jurídica Decreto Nº 1755/90, del Poder Ejecutivo de la Provincia del Neuquén.

Que la Ley Nacional Nº 26.160 declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las Comunidades Indígenas, cuyo plazo fue prorrogado mediante Leyes N° 26.554, 26.894 y 27.400.

Que el Decreto Reglamentario Nº 1.122/07 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.

Que por Resolución INAI Nº 587/07 se crea el Programa Nacional de “Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la Ley Nº 26.160”, con el objeto de determinar los mecanismos para demarcar y relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas en forma tradicional, actual y pública.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta virtud de las facultades previstas en la Ley Nº 23.302, su Decreto Reglamentario Nº 155/89 y normativa concordante.

Por ello,

LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dése por cumplido el relevamiento técnico, jurídico, catastral en la COMUNIDAD MAPUCHE LAFKENCHE, perteneciente al Pueblo Mapuche, Provincia del Neuquén, Personería Jurídica Decreto Nº 1755/90 del Poder Ejecutivo de la Provincia del Neuquén., en virtud de la Ley Nacional N° 26.160 y sus respectivas prórrogas, el Decreto Reglamentario N° 1.122/07 y la Resolución N° 587/07 del Registro del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.

ARTÍCULO 2°.-Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de la COMUNIDAD MAPUCHE LAFKENCHE, perteneciente al Pueblo Mapuche, Provincia del Neuquén, Personería Jurídica Decreto Nº 1755/90 del Poder Ejecutivo de la Provincia del Neuquén, respecto de la superficie georreferenciada que como Anexo I (IF-2018-59272449-APN-INAI#MJ) forma parte de la presente medida

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 12/2019 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas B.O. 25/02/2019)

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/03/2019 N° 19023/19 v. 26/03/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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