Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS


Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 391/2009

Impleméntase un procedimiento previo de autorización para los viajes al exterior de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas con jerarquía inferior a Dirección Nacional y/o General.

Bs. As., 11/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0514645/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995, la Decisión Administrativa Nº 348 del 7 de octubre de 2009, la Resolución Nº 78 del 8 de octubre de 2009 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995 se aprobó el Régimen de Viajes al Exterior del personal de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de misiones o comisiones de carácter oficial.

Que por la Decisión Administrativa Nº 348 del 7 de octubre de 2009 se estableció una racionalización del régimen de viajes al exterior cuando se trate de: a) Secretarías de la Presidencia la Nación, de la Casa Militar, Secretarías, Subsecretarías, Instituciones de la Seguridad Social, Entes Reguladores, Entes Liquidadores y Superintendencias, incluyendo a los cuerpos colegiados, Organismos de la Administración Pública Nacional Descentralizada y Desconcentrada y Direcciones Nacionales y Generales o sus respectivos niveles equivalentes; b) Autoridades de las Entidades Financieras Oficiales nacionales y de sus Empresas vinculadas, hasta nivel equivalente a Dirección Nacional y General; c) Autoridades de las Empresas y Sociedades del Estado, de los Entes Públicos y de los Fondos Fiduciarios previstos en los incisos b), c) y d) del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156, hasta nivel equivalente a Dirección Nacional y General, implementándose un procedimiento previo de autorización por parte del Jefe de Gabinete de Ministros, previa conformidad expresa del titular de la jurisdicción.

Que en mérito a ello resulta conveniente que el suscripto o quien éste designe autorice los viajes al exterior de funcionarios de este Ministerio que ostenten jerarquía inferior a la indicada en la citada decisión.

Que de esta manera se adecuan las normas de aplicación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que de conformidad con las facultades otorgadas por los Artículos 14 y 20 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), corresponde actuar en consecuencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que los viajes al exterior de funcionarios de este Ministerio (Administración Centralizada, Organismos Descentralizados, Empresas del Estado, Sociedades del Estado con participación mayoritaria del ESTADO NACIONAL, y cualquier otro ente dependiente de esta Jurisdicción) que ostenten jerarquía inferior a Dirección Nacional y/o General o nivel equivalente serán autorizados sin excepción por el titular del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, o quien éste designe.

Art. 2º — Establécese que para cursar la autorización respectiva se deberá presentar el Formulario de Comunicación de Viajes y Misiones Oficiales al Exterior aprobado por la Resolución Nº 78 del 8 de octubre de 2009 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ante la Coordinación Area Administrativa de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio con una antelación mayor a CINCO (5) días a la fecha prevista para el inicio de la misión.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.

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