Presidencia de la Nación

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION


Superintendencia de Seguros de la Nación

ACTIVIDAD ASEGURADORA

Resolución 34.564/2009

Modifícase la Resolución Nº 31.358/06 que aprobó las Pautas Mínimas y Criterios Uniformes para Contratos y Operatorias de Fideicomisos de Garantía.

Bs. As., 2/12/2009

VISTO el Expediente Nº 47789 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 31.358 de fecha 26 de setiembre de 2006 se aprobaron las pautas mínimas y criterios uniformes para contratos y operatorias de fideicomisos de garantía;

Que en el punto 10 del Anexo I de la citada Resolución se consigna que las entidades que constituyan contratos de fideicomisos no podrán otorgar préstamos de ninguna clase;

Que resulta necesario adecuar la redacción de la mencionada norma, atento que el fin buscado fue que dicha restricción se aplique a las inversiones que integren el fideicomiso, pudiendo las entidades otorgar préstamos admitidos por las normas vigentes con fondos no afectados a las citadas operatorias;

Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención que corresponde a su competencia;

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67º de la Ley Nº 20.091;

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS

RESUELVE:

Artículo 1º — Reemplázase el punto 10 del Anexo I de la Resolución Nº 31.358 por el siguiente texto:

"10. Las entidades que constituyan contratos de fideicomisos no podrán otorgar préstamos de ninguna clase con fondos afectados a tales operatorias".

Art. 2º — A los fines indicados en el artículo precedente se aclara que las aseguradoras podrán otorgar préstamos admitidos, bajo los tipos y límites estipulados en las normas vigentes, calculados sobre el monto de compromisos netos, deducidos los importes de inversiones y disponibilidades afectadas a fideicomisos de garantía.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Gustavo Medone.

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