Superintendencia de Seguros de la Nación
ACTIVIDAD ASEGURADORA
Resolución 34.564/2009
Modifícase la Resolución Nº 31.358/06 que aprobó las Pautas Mínimas y Criterios Uniformes para Contratos y Operatorias de Fideicomisos de Garantía.
Bs. As., 2/12/2009
VISTO el Expediente Nº 47789 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 31.358 de fecha 26 de setiembre de 2006 se aprobaron las pautas mínimas y criterios uniformes para contratos y operatorias de fideicomisos de garantía;
Que en el punto 10 del Anexo I de la citada Resolución se consigna que las entidades que constituyan contratos de fideicomisos no podrán otorgar préstamos de ninguna clase;
Que resulta necesario adecuar la redacción de la mencionada norma, atento que el fin buscado fue que dicha restricción se aplique a las inversiones que integren el fideicomiso, pudiendo las entidades otorgar préstamos admitidos por las normas vigentes con fondos no afectados a las citadas operatorias;
Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención que corresponde a su competencia;
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67º de la Ley Nº 20.091;
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Reemplázase el punto 10 del Anexo I de la Resolución Nº 31.358 por el siguiente texto:
"10. Las entidades que constituyan contratos de fideicomisos no podrán otorgar préstamos de ninguna clase con fondos afectados a tales operatorias".
Art. 2º — A los fines indicados en el artículo precedente se aclara que las aseguradoras podrán otorgar préstamos admitidos, bajo los tipos y límites estipulados en las normas vigentes, calculados sobre el monto de compromisos netos, deducidos los importes de inversiones y disponibilidades afectadas a fideicomisos de garantía.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Gustavo Medone.