Presidencia de la Nación

ORG. REG. DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS


ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

Resolución 304/98

Bs. As., 28/12/98

B.O: 07/01/99

VISTO el Expediente N° 907/98 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, el Decreto N° 375 del 24 de abril de 1997, ratificado por decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 del 27 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que la infraestructura aeroportuaria del país debe adecuarse a las exigencias y recomendaciones emanadas de los tratados internacionales en la materia, de los que la nación es parte, y de la evolución en el desarrollo del tráfico aéreo, tanto interno como internacional.

Que merced a la política de desregulación económica del Gobierno Nacional se ha llamado al concurso de capitales privados para la modernización, ampliación y desarrollo futuro de los aeropuertos del país, impulsándolos a alcanzar condiciones ventajosas en el competitivo ámbito de la globalización económica mundial.

Que por el Decreto N° 375/97-ratificado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842/97- el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha operado una profunda reforma de la Política Aeronáutica del país, creando un Sistema Nacional de Aeropuertos, a través de una licitación pública nacional e internacional para otorgar la concesión de la explotación, administración y funcionamiento de un conjunto de componentes de ese Sistema.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha impulsado de esta manera la creación de un Sistema Nacional de Aeropuertos, de administración concesionada y no concesionada, que no encuentra precedentes a nivel mundial.

Que por el artículo 14 del citado Decreto se crea el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el cual debe llevar a cabo todos los actos que resulten necesarios para la mejor administración, el adecuado desarrollo de la infraestructura física, la mayor eficiencia operativa aérea y la preservación de los intereses de los usuarios de los aeropuertos.

Que en la Región de América Latina la problemática aeroportuaria es similar, y requiere el intercambio de información, conocimientos y experiencias sobre el ámbito de su accionar para generar las mejores soluciones, las cuales podrían implementarse a nivel internacional.

Que por consiguiente resulta conveniente la realización de un Congreso Latinoamericano que permita abordar temas de gestión aeroportuaria en sus aspectos sustanciales, para analizar y debatir esta problemática con el propósito de lograr que los aeropuertos respondan a las mayores exigencias que hoy plantea la comunicación aérea como factor de vital importancia para la integración regional y el desarrollo económico y social de nuestros pueblos.

Que la GERENCIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES y la GERENCIA DE COORDINACION Y ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención correspondiente.

Que por el Artículo 16 del Decreto 375/97 el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) goza de autarquía y posee plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.

Que en Acta N° 75 de fecha 28 de diciembre de 1998 de Reunión de Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se ha considerado el asunto autorizando al suscripto a dictar el correspondiente acto administrativo.

Por ello,

EL SEÑOR PRESIDENTE DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Disponer la realización y organización del Primer Congreso Latinoamericano de Gestión Aeroportuaria, a realizarse en la ciudad de MAR DEL PLATA, los días 28, 29 y 30 de abril de 1999.

ARTICULO 2º.- Designar al Señor GERENTE DE RELACIONES INSTITUCIONALES, Dr. Mario CAMARA, para conformar y dirigir un grupo de trabajo cuyo cometido será prever, organizar y ejecutar todas las medidas conducentes a la realización del Congreso.

ARTICULO 3º.- Cursar invitación al Señor PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA, a efectos de contar con su presencia para la ceremonia de apertura o cierre del Congreso.

ARTICULO 4º.- Solicitar al Señor SECRETARIO DE TRANSPORTE DE LA NACION, el auspicio correspondiente de esa Secretaría para la realización del Primer Congreso Latinoamericano de Gestión Aeroportuaria.

ARTICULO 5º.- Solicitar del Señor SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, se declare de interés general la realización del Primer Congreso Latinoamericano de Gestión Aeroportuaria.

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.– Dr. RODOLFO CARLOS BARRA, Presidente, Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos O.R.S.N.A..

e. 7/1 N° 261.968 v. 7/1/99

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