Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE TRANSPORTE


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 254/2013

Bs. As., 26/4/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0024076/2013 del Registro de este Ministerio, Expediente Original Nº 200/2011 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 375 de fecha 24 de abril de 1997, ratificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27 de agosto de 1997, el Decreto Nº 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007, la Resolución Nº 291 de fecha 29 de diciembre de 2009 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el Visto se propicia la modificación del Artículo 1º de Cargos y/o Aumentos Tarifarios con Destino Específico, y del Artículo 7º Inciso E) Punto (I) del CONTRATO DE FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), aprobado por la Resolución Nº 291 de fecha 3 de diciembre de 2009 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE en ese entonces en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que cabe considerar que con fecha 29 de diciembre de 2009 se celebró el CONTRATO DE FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), conforme las previsiones de la Ley Nº 24.441 y del Decreto Nº 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007, entre AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, al cual prestaron la debida conformidad la SECRETARIA DE TRANSPORTE y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).

Que la suscripción del referido contrato se efectuó en el marco del “FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS”, de acuerdo a las previsiones del ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION suscripta oportunamente entre la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS (UNIREN) y AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA, ratificada por Decreto Nº 1799/2007.

Que las condiciones de instrumentación del Fideicomiso mencionado en el Considerando precedente, surgen de los términos y condiciones que se establecen en el Subanexo III-A del ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION ratificada por el Decreto Nº 1799/2007.

Que en el Subanexo III-A referido se establecen, por una parte, los términos y condiciones generales para todos los patrimonios de afectación que conformen el “FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS”, y por otro lado se disponen de manera específica los términos y condiciones particulares para cada uno de los patrimonios de afectación que allí se mencionan.

Que la presente medida resulta procedente a efectos de realizar adecuaciones necesarias a las cláusulas contenidas en el “CONTRATO DE FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)”.

Que el Artículo 37 del contrato referido en el Considerando precedente dispone que el mismo sólo podrá ser modificado o enmendado por resolución fundada de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) ha tomado la debida intervención.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo previsto en el Artículo 37 del CONTRATO DE FIDECOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) resulta competente para dictar la presente el Señor Secretario de Transporte.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase la modificación al Artículo 1º - Definiciones - del CONTRATO DE FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) en la parte correspondiente a “Cargos y/o Aumentos Tarifarios con Destino Específico” el que quedará redactado de la siguiente manera: “Cargos y/o Aumentos Tarifarios con Destino Específico: Conceptos integrantes de la tarifa que abonan los usuarios con afectación específica al financiamiento de obras de infraestructura aeroportuarias, conforme lo establezcan las normas legales que los creen.

En principio no se entenderán por Aumentos Tarifarios los dispuestos por el ORSNA en virtud de la Revisión de la Proyección Financiera de Ingresos y Egresos, salvo que exista una decisión expresa y fundada de dicho Organismo Regulador”.

ARTICULO 2º — Autorízase la modificación al Artículo 7º, Inciso E), Punto (I) del CONTRATO DE FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) el que quedará redactado de la siguiente manera: “El Presente Patrimonio de Afectación será constituido cada vez que sean emitidas las normas por las cuales se establezcan los cargos tarifarios específicos.

El presente Patrimonio de Afectación podrá ser constituido con fondos provenientes de Aumentos Tarifarios con Destino Específico sólo en aquellas oportunidades en las que el ORSNA así lo disponga a través de una decisión expresa y fundada”.

ARTICULO 3º — Notifíquese a AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA y al BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO RAMOS, Secretario de Transporte.

e. 03/05/2013 N° 30317/13 v. 03/05/2013
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