Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR (SECI)


Secretaría de Comercio Interior

ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución 22/2006

Institutos de enseñanza pública de gestión privada comprendidos en el Artículo 6º del Decreto Nº 2417/93. Excepción a lo establecido en el Artículo 10.

Bs. As., 18/9/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0347752/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el Decreto Nº 2417 de fecha 19 de noviembre de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 2417 de fecha 19 de noviembre de 1993, los institutos de enseñanza pública de gestión privada no comprendidos en el Decreto Nº 2542 de fecha 5 de diciembre de 1991, deberán informar hasta el 30 de septiembre a los padres responsables de los alumnos, el contenido del contrato de enseñanza a regir en el ciclo lectivo 2007.

Que dicha información no podrá ser cumplimentada en el plazo establecido, habida cuenta que esta Secretaría con intervención de las Asociaciones Intermedias, no ha concluido los estudios que se están realizando, a fin de fijar las pautas que se aplicarán en el ciclo lectivo citado precedentemente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 877 de fecha 12 de julio de 2006.

Por ello,

EL SEÑOR SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que los institutos de enseñanza pública de gestión privada, comprendidos en el Artículo 6º del Decreto Nº 2417 de fecha 19 de noviembre de 1993, que efectúen la comunicación a los padres responsables de los alumnos, del contenido del contrato de enseñanza a regir en el ciclo lectivo 2007 con posterioridad al día 1 de octubre de 2006, estarán exentos de lo dispuesto en el Artículo 10 del mencionado decreto.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario G. Moreno.

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