Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA


INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

Resolución 183/2016

Buenos Aires, 21/12/2016

VISTO el Expediente N° 139 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, la Ley N° 26.801, la Ley N° 25.326, la Resolución N° 08/15/INAMU y su modificatoria, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.

Que por el artículo 24 de la Ley N° 26.801 se crea el Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales.

Que sin perjuicio de la existencia del registro mencionado y creado por ley con finalidad específica, se estima pertinente la creación del Registro de la Actividad Musical, como complementario al ya existente, con el objeto de ampliar e incluir al universo de actores que desarrollan las distintas ramas de la actividad musical.

Que el objetivo y la finalidad del Registro de la Actividad Musical que se crea por la presente Resolución, es obtener información de los diferentes sectores que conforman la actividad musical nacional, a los efectos de acceder a una fuente primaria de datos que permita elaborar un diagnóstico de situación con el fin de optimizar las acciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, en su carácter de órgano de fomento a la actividad musical.

Que asimismo, el acceso a esta información facilitará el suministro de estadísticas oficiales sobre la actividad musical nacional, lo cual va a permitir conocer acabadamente las necesidades del sector y de esta manera, elaborar en forma correcta y precisa las políticas públicas adecuadas para el desarrollo de la actividad musical.

Que el artículo 22 de la Ley N° 25.326 establece que las normas sobre creación, modificación o supresión de archivos, registros o bancos de datos pertenecientes a organismos públicos deben hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial de la Nación o diario oficial.

Que la Dirección General de Asuntos Técnicos Legales y la Dirección General de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Crease el “Registro de la Actividad Musical” dependiente de la Dirección General de Fomento INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, con la misión de registrar a las personas físicas y jurídicas que integran las diferentes ramas de la industria y el comercio musical. Este Registro será voluntario.

ARTÍCULO 2° — Hágase saber que el Registro se hará a través del sitio web del Instituto Nacional de la Música y que la información suministrada será almacenada en la base de datos en el servidor de dicho organismo.

ARTÍCULO 3° — Aclárese que la información suministrada al INAMU será utilizada exclusivamente a los fines descriptos en el artículo N° 1 de la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Se anexa el formulario a completar.

ARTÍCULO 5° — -Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diego Boris Macciocco, Presidente. — Celsa Mel Gowland, Vicepresidente.

ANEXO - SEGÚN ARTÍCULO 4°



e. 30/01/2017 N° 4602/17 v. 30/01/2017
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