Presidencia de la Nación

MIN. PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUB. Y SERVI


Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

GAS NATURAL

Resolución 1493/2008

Modifícase la Resolución Nº 1451/08 relacionada a la reglamentación del Fondo Fiduciario creado por el artículo 1º del Decreto Nº 2067/08.

Bs. As., 19/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0535487/2008 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Resolución Nº 1451 de fecha 12 de diciembre de 2008, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2067 de fecha 27 de noviembre de 2008, fue creado el Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural y a toda aquella necesidad para complementar la inyección de gas natural que sean requeridas para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del País y sus industrias.

Que por Resolución Nº 1451 de fecha 12 de diciembre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se reglamentó el referido Fondo Fiduciario.

Que por un error material e involuntario acaecido en la redacción del Artículo 2º inciso b) de la Resolución antes citada, se omitió la inclusión de los sujetos mencionados en el Inciso c) del Artículo 5º del Capítulo XV del Anexo I de la Resolución Nº 368 de fecha 17 de mayo de 2001 (Texto Ordenado 2001) de la COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, entre los posibles fiduciarios del Fondo Fiduciario creado por el Decreto Nº 2067/2008.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos Nros. 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y 2067/2008.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyase el Artículo 2º Inciso b) de la Resolución Nº 1451 de fecha 12 de diciembre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por el siguiente texto: "Articulo 2º Inciso b) Fiduciario: será la Entidad financiera autorizada a actuar como tal en los términos de la Ley Nº 21.526 y su reglamentación, la Caja de valores autorizada en los términos de la Ley Nº 20.643 y su reglamentación, y/o la Sociedad anónima constituida en el país inscripta en el Registro previsto en el Artículo 6º del Capítulo XV del Anexo I de la Resolución Nº 368 de fecha 17 de mayo de 2001 (Texto Ordenado 2001) de la COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS".

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio M. De Vido.

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