Presidencia de la Nación

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM


UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM

Resolución 14/2018

Hurlingham, 14/03/2018

VISTO la Ley de Educación Superior N° 24.521, el Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM, el Reglamento Interno del Consejo Superior de la Universidad, las Resoluciones C.S. N° 60/16 y 5/17 y los Expedientes N° 49/16 y 35/18 del registro de la Universidad, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 60/16 este Consejo Superior aprobó el Reglamento General de Becas y los anexos Reglamento de Becas de Movilidad, Reglamento de Becas de Elementos de Estudio, y Reglamento de Becas de Apuntes de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM.

Que mediante la Resolución N° 5/17 este Consejo Superior aprobó una modificación al Reglamento General de Becas y los anexos Reglamento de Becas de Movilidad, Reglamento de Becas de Elementos de Estudio, y Reglamento de Becas de Apuntes de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM en función de la experiencia adquirida en las anteriores convocatorias.

Que la reglamentación vigente en la materia contempla como destinatarios de las becas de la Universidad a los estudiantes, con los objetivos fundamentales de facilitar el acceso, permanencia y finalización de estudios, reconocer el desempeño académico y fomentar la participación en proyectos de investigación.

Que se estima conveniente para la Universidad contar con una reglamentación general que aborde la totalidad de destinatarios posibles dentro de la comunidad universitaria, debiendo entonces incluir también al personal Docente y No docente.

Qué asimismo, corresponde introducir modificaciones en relación a las líneas de becas actualmente vigentes.

Que en función de todo ello, resulta conveniente aprobar una normativa que defina un nuevo marco general de becas de esta Universidad y, a través de resoluciones posteriores, reglamentar cada una de las líneas específicas.

Que ha tomado intervención la Secretaria de Planeamiento y Evaluación Institucional.

Que el Departamento de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que el Rector lo remite para su tratamiento a las Comisiones de Investigación, Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad e Interpretación y Reglamento de este Consejo Superior.

Que las mencionadas comisiones de este Consejo Superior han emitido despacho con criterio favorable.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto de la Universidad y por el Reglamento Interno del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Hurlingham, y luego de haberse resuelto en reunión del día 14 de marzo de 2018 de este Consejo Superior.

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Reglamento General de Becas Universitarias de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM, de conformidad con el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Dejar sin efecto las Resoluciones C.S. N° 60/16 y 5/17 del registro de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese. — Jaime Perczyk, Rector. — Nicolás Vilela, Secretario General.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 16/03/2018 N° 16446/18 v. 16/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



ANEXO I

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS

Universidad Nacional de Hurlingham

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- Las Becas Internas Universitarias de la Universidad Nacional de Hurlingham, en adelante BECAS UNAHUR, tienen por objetivo facilitar el acceso, la permanencia y la finalización de estudios universitarios de grado y pregrado de dicha casa de estudios; reconocer el desempeño académico destacado de sus estudiantes de grado y pregrado; fomentar la participación en proyectos de investigación y de vinculación con la sociedad; o facilitar la capacitación del personal docente y no docente de esta Universidad.

ARTÍCULO 2.- Las Becas Universitarias se asignarán de acuerdo a los criterios establecidos en el Reglamento particular de cada una de las líneas de Becas Universitarias, estipuladas en el Capítulo II del presente Reglamento.

ARTÍCULO 3.- Las Becas Universitarias consisten en una asignación de fondos y/o en el otorgamiento de un aporte no monetario, en la forma establecida por la Universidad para cada convocatoria.

ARTÍCULO 4.- La duración de las Becas Universitarias otorgadas, así como su eventual compatibilidad con otros beneficios similares, serán establecidas en los reglamentos particulares de cada línea y sus correspondientes convocatorias.

ARTÍCULO 5.- Las Becas Universitarias constituirán un beneficio de carácter personal e intransferible del becario/a.

ARTÍCULO 6.- La cantidad de Becas Universitarias a otorgar en cada ciclo lectivo, dependerá del presupuesto anua! asignado por la Universidad Nacional de Hurlingham para tal fin, y del monto establecido para cada línea de beca por el Consejo Superior, a partir de la propuesta elevada por el Rector de la Universidad. A solicitud de las Secretarías de la Universidad que tengan a su cargo líneas de becas, el Secretario Administrativo Financiero y Técnico podrá modificar la distribución del monto asignado del presupuesto anual para cada línea de becas aprobada por el Consejo Superior, mediante disposición debidamente fundada y cuando razones de necesidad así lo ameriten.

ARTÍCULO 7.- La presentación de la solicitud de Beca Universitaria implicará el conocimiento y aceptación de! presente Reglamento General y de los Reglamentos Específicos, de! Estatuto Universitario, del Reglamento Académico y demás reglamentos de la Universidad Nacional de Hurlingham, así como el compromiso de cumplimiento de las obligaciones que de ellos resultan por parte de los/las candidatos/as.

CAPÍTULO II

DE LAS BECAS Y SU FINANCIAMIENTO

ARTÍCULO 8.- Para financiar las Becas Universitarias se creará un Fondo Especial equivalente al 1% del presupuesto anual de la Universidad Nacional de Hurlingham.

ARTÍCULO 9.- La distribución de dicho Fondo entre las distintas líneas de Becas Universitarias se establecerá anualmente por resolución del Consejo Superior, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y garantizando su efectividad como incentivo.

ARTÍCULO 10.- Las líneas de becas de la Universidad Nacional de Hurlingham serán las siguientes:

Becas de Ayuda Económica para Estudiantes de Grado y pregrado:

Beca de Movilidad: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría de Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad, y estarán orientadas a solventar los gastos vinculados al transporte público correspondientes a los traslados hacia y desde la Universidad.

Beca de Apuntes: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría de Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad, y estarán orientadas a solventar los gastos vinculados a la compra de copias de contenidos de estudio correspondientes al material bibliográfico requerido por la materia.

Beca de Elementos para el Estudio: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría de Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad, y estarán orientadas a solventar los gastos vinculados a la compra de elementos específicos necesarios para la cursada de las carreras, y requeridos por las mismas para favorecer las condiciones de estudio.

Beca de Estímulo a Estudiantes con Discapacidad: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaria de Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad, a estudiantes que presenten una discapacidad de cualquier tipo debidamente acreditada, y cuyas necesidades no estén cubiertas por otros organismos públicos.

Beca de Extensión Universitaria: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaria de Bienestar Estudiantil y Servicios a la Comunidad, a los/las estudiantes que desempeñen roles protagónicos en algún proyecto de Extensión Universitaria acreditado en la Universidad.

Beca Académica:

Beca de Estímulo a Carreras: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría Académica, a estudiantes de las carreras cuya graduación esta Universidad decida estimular. Beca de Estímulo al Desempeño Académico: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría Académica, a los/las estudiantes que acrediten un desempeño académico destacado.

Beca de Investigación:

Beca de Estímulo a la Investigación: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría de Investigación, a los/las estudiantes que participen activamente de algún equipo de investigación acreditado en la Universidad, como incentivo a su formación.

Becas de Posgrado: Son becas otorgadas por las Universidad Nacional de Hurlingham, a través de la Secretaría de Investigación, destinadas a la formación de investigadores, de calidad académica y científica en las diversas áreas disciplinarias, a través de! desarrollo de actividades de investigación en la Universidad y/o en e! ámbito de otras instituciones, si así se hubiese estipulado en los convenios correspondiente.

Beca de Intercambio Estudiantil y Participación en Actividades Artísticas o Científicas: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través del el Rectorado, para facilitar la participación de estudiantes de grado y pregrado en intercambios académicos, actividades artísticas y/o científicas, que la Universidad considere de interés institucional.

Beca de Capacitación: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, a través del Rectorado, para la capacitación del personal docente y personal auxiliar técnico, administrativo y de servicio, respectivamente.

Becas de Capacitación para Docentes de la UN AHUR previstas en acta paritaria aprobada por Res. CS n° 82/2017: Son becas otorgadas por la Universidad Nacional de Hurlingham, acordadas en acta paritaria firmada con el Sindicato Único de Docentes de la Universidad Nacional de Hurlingham (SUDHUR) y aprobada por Resolución C.S. N° 82/2017, destinadas fortalecer la formación de los docentes de la UNAHUR a fin de mejorar las condiciones laborales, la calidad de la enseñanza, la investigación y la extensión universitaria.

Este reglamento contempla que en el futuro se puedan sugerir y/o añadir otras líneas de beca.

ARTÍCULO 11.- Los procedimientos y circuitos administrativos para ¡a asignación e implementación de cada una de estas líneas de Becas Universitarias y de aquellas que se incorporen en adelante, así como los requisitos particulares, los criterios de ponderación de variables para la selección de los becarios/as, sus deberes y obligaciones, las condiciones para eventuales renovaciones y la cesación de la beca, serán detallados en los respectivos Reglamentos Específicos y actos de convocatoria.
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