Presidencia de la Nación

Resolución 10 / 2020

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 27541

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 23-Dic-2019 Descripción
LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVA

DECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, ADMINISTRATIVA, PREVISIONAL, TARIFARIA, ENERGETICA, SANITARIA Y SOCIAL, Y DELEGANSE EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, LAS FACULTADES COMPRENDIDAS EN LA PRESENTE LEY.

Normativa / Número Decreto DNU 260 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 12-Mar-2020 Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONES

AMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.

Normativa / Número Decreto DNU 297 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 20-Mar-2020 Descripción
CORONAVIRUS (COVID -19) - DISPOSICIONES

A FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, LO QUE CONSTITUYE UNA OBLIGACION INALIENABLE DEL ESTADO NACIONAL, SE ESTABLECE PARA TODAS LAS PERSONAS QUE HABITAN EN EL PAIS O SE ENCUENTREN EN EL EN FORMA TEMPORARIA, LA MEDIDA DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN LOS TERMINOS INDICADOS EN EL PRESENTE DECRETO. LA MISMA REGIRA DESDE EL 20 HASTA EL 31 DE MARZO INCLUSIVE DEL CORRIENTE AÑO, PUDIENDOSE PRORROGAR ESTE PLAZO POR EL TIEMPO QUE SE CONSIDERE NECESARIO EN ATENCION A LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA.

Normativa / Número Decreto DNU 311 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 25-Mar-2020 Descripción
ABSTENCION DE CORTE DE SERVICIOS EN CASO DE MORA O FALTA DE PAGO

LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE LOS SERVICIOS DE ENERGIA ELECTRICA, GAS POR REDES Y AGUA CORRIENTE, TELEFONIA FIJA O MOVIL E INTERNET Y TV POR CABLE, POR VINCULO RADIOELECTRICO O SATELITAL, NO PODRAN DISPONER LA SUSPENSION O EL CORTE DE LOS RESPECTIVOS SERVICIOS A LOS USUARIOS Y LAS USUARIAS INDICADOS EN EL ARTICULO 3°, EN CASO DE MORA O FALTA DE PAGO DE HASTA TRES (3) FACTURAS CONSECUTIVAS O ALTERNAS, CON VENCIMIENTOS DESDE EL 1° DE MARZO DE 2020.

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