MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO
RECIBOS DE PAGO EN CONCEPTO DE SALARIOS - FORMATO PAPEL O DIGITAL
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS EMPLEADORES PODRAN OPTAR POR EMITIR, INDISTINTAMENTE, RECIBOS DE PAGO EN CONCEPTO DE SALARIOS U OTRAS FORMAS DE REMUNERACION AL PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA EN FORMATO PAPEL O DIGITAL. CUALQUIERA SEA EL FORMATO EN QUE SE EMITAN, DEBERAN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LOS ARTICULOS 138, 139 Y 140 DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO N° 20.744, T.O. 1976 Y SUS MODIFICACIONES, Y, SI CORRESPONDIERE, POR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 25.506 Y SUS MODIFICATORIAS. EN CASO DE OPTARSE POR RECIBOS DE PAGO DIGITALES, EL EMPLEADOR DEBERA ARBITRAR LOS MEDIOS NECESARIOS A EFECTOS DE QUE LOS MISMOS SEAN FIRMADOS DIGITALMENTE, TANTO POR EL COMO POR EL TRABAJADOR. SIN PERJUICIO DE ELLO, EL TRABAJADOR PODRA OPTAR POR FIRMAR EN DISCONFORMIDAD. EL SISTEMA UTILIZADO DEBERA CONTEMPLAR LA POSIBILIDAD DE QUE EL TRABAJADOR PUEDA SALVAR SUS RECIBOS DE HABERES DIGITALES, ASI COMO GUARDAR COPIA DE ELLOS, EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS POR LA LEY N° 25.506 Y SUS MODIFICATORIAS.DEROGANSE LAS RESOLUCIONES NROS. 1.455 DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE 2011 DEL EX MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, 1.362 DE FECHA 12 DE SEPTIEMBRE DE 2012, 602 DE FECHA 22 DE MAYO DE 2013, 1.183 DE FECHA 27 DE AGOSTO DE 2015, 1.191 DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2015 DE LA SECRETARIA DE TRABAJO DEL EX MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Y 364 DE FECHA 6 DE MARZO DE 2019 DE LA SECRETARIA DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 364/2019 DE LA SECRETARIA DE TRABAJO - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.