Presidencia de la Nación

Resolución 312 / 2019

SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA


MINISTERIO DE HACIENDA

RECARGO - ESTABLECESE

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 03-Jun-2019
Resumen:

ESTABLECER QUE EL RECARGO PREVISTO EN EL ARTICULO 75 DE LA LEY 25.565 Y SUS MODIFICATORIAS SERA EQUIVALENTE AL CUATRO COMA CUARENTA Y SEIS POR CIENTO (4,46%) SOBRE EL PRECIO DE GAS NATURAL EN EL PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST), POR CADA METRO CUBICO (M3) DE NUEVE MIL TRESCIENTAS KILOCALORIAS (9.300 KCAL) QUE INGRESE AL SISTEMA DE DUCTOS EN EL TERRITORIO NACIONAL, CORRESPONDIENDO AL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), ORGANISMO DESCENTRALIZADO ACTUANTE EN LA ORBITA DE ESTA SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA, AJUSTAR LOS PROCEDIMIENTOS PARA SU FACTURACION. EL MISMO PORCENTAJE DE RECARGO SERA APLICABLE A LOS VOLUMENES INVOLUCRADOS EN EL AUTOCONSUMO.

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