Presidencia de la Nación

COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE


Comisión Nacional de Regulación del Transporte

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE CARGAS GENERALES

Resolución 2624/2003

Apruébase el Reglamento para el Otorgamiento del Certificado de Idoneidad Profesional de los Conductores del Transporte por Automotor de Cargas Generales. Régimen de Sanciones de los Capacitadores Habilitados.

Bs. As., 6/10/2003

VISTO el Expediente N° S01:0182670/2003 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA.

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 444 de fecha 9 de diciembre de 1999 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se dispuso, entre otros requisitos; para la obtención de la Licencia Nacional Habilitante, el haber aprobado el examen psicofísico y el examen de idoneidad profesional correspondiente.

Que se han establecido los cursos de capacitación en DOS (2) modalidades: para los aspirantes a conductores profesionales el Curso de Capacitación Básico Obligatorio y para aquellos que estén actualmente en actividad los Cursos Anuales de Actualización y Perfeccionamiento de la Capacitación Básica Obligatoria.

Que el curso de Capacitación Básico Obligatorio constará de DOS (2) módulos con una duración de CIENTO CINCUENTA (150) a DOSCIENTAS VEINTE (220) horas cátedra y de SETENTA (70) a CIENTO DIEZ (110) horas cátedra y para los cursos de Actualización y Perfeccionamiento los módulos serán de OCHO (8) y CUATRO (4) horas cátedra respectivamente.

Que corresponde determinar las pautas que deben cumplir los conductores del transporte automotor de cargas generales a fin de cumplimentar las exigencias de capacitación establecidas para la obtención del Certificado de Idoneidad Profesional y sus actualizaciones.

Que se considera necesario precisar con absoluta claridad las obligaciones de las partes involucradas así como los derechos y especificaciones que hacen al otorgamiento del Certificado de Idoneidad Profesional, para los conductores afectados a vehículos de transporte por automotor de cargas generales de jurisdicción nacional.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la debida intervención.

Que el presente pronunciamiento es dictado conforme a las atribuciones que surgen de la Resolución N° 444/99 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Artículo 4° del Anexo I REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO Y USO DE LA LICENCIA NACIONAL HABILITANTE y Decreto N° 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase como Anexo I el REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD PROFESIONAL DE LOS CONDUCTORES DEL TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE CARGAS GENERALES y como Anexo II el REGIMEN DE SANCIONES DE LOS CAPACITADORES HABILITADOS, que constan de DIECISEIS (16) fojas y SEIS (6) fojas respectivamente y forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roque G. Lapadula.

________

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')

Scroll hacia arriba