Presidencia de la Nación

Resolución 193 / 2017

MINISTERIO DE SEGURIDAD


MINISTERIO DE SEGURIDAD

REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS - INSCRIPCION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 14-Mar-2017
Resumen:

LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE FABRIQUEN, ENAJENEN, ADQUIERAN, IMPORTEN, EXPORTEN O ALMACENEN, MAQUINAS PARA ELABORAR CAPSULAS, TABLETAS O COMPRIMIDOS, DEBERAN CON CARACTER PREVIO AL INICIO DE CUALQUIERA DE ESTAS ACTIVIDADES, INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS. IGUAL OBLIGACION TENDRAN LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE AL MOMENTO DE ENTRAR EN VIGENCIA LA PRESENTE NORMATIVA POSEAN MAQUINAS PARA ELABORAR CAPSULAS, TABLETAS O COMPRIMIDOS.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION 1122/2019 DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD, B.O. 26/11/2019, PAGINA 57. VIGENCIA: VER ARTICULO 3° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

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