Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 1672/2022

RESOL-2022-1672-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2022

VISTO el EX-2022-130663672- -APN-DD#ME, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92), sus modificatorias, la Ley N° 26.075, el Decreto N° 457 de fecha 27 de abril de 2007 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el derecho a la educación en todos sus aspectos está garantizado por la CONSTITUCIÓN NACIONAL en orden a los principios de gratuidad, igualdad y equidad de la educación pública estatal.

Que la Ley N° 26.075 tiene por objeto que los gobiernos nacional, de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aumenten la inversión en educación, ciencia y tecnología, y mejoren la eficiencia en el uso de los recursos con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico-tecnológica, reafirmando el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y socio-cultural del país.

Que conforme lo dispuesto en el Artículo 10 del citado cuerpo normativo el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y las entidades gremiales docentes con representación nacional, deben acordar un Convenio Marco que incluya pautas generales referidas a: condiciones laborales; calendario educativo; salario mínimo docente y carrera docente, entre otros.

Que el Decreto N° 457/07 y sus modificatorios, en especial su similar Decreto N° 92/20 determinó las pautas para ser operativa la disposición del Artículo 10 de la Ley N° 26.075, instituyendo a esta Cartera Laboral como su autoridad de aplicación del decreto, facultándola para homologar el Convenio Marco según lo dispuesto en el inciso e), Artículo 5°.

Que en orden a las normas mencionadas el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en representación del Estado y la CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CTERA), la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS (UDA), la CONFEDERACIÓN DE EDUCADORES ARGENTINOS (CEA), la ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA TÉCNICA (AMET) y el SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES (SADOP); por los sindicatos, por Acta del 1 de DICIEMBRE de 2022 celebraron el Convenio Marco.

Que en tal contexto las partes acordaron establecer el valor del Salario Mínimo Nacional Docente Garantizado (SMNDG), del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), del adicional Material Didáctico/ Conectividad y de la bonificación extraordinaria Material Didáctico/ Conectividad para los meses de diciembre de 2022, enero de 2023, febrero de 2023.

Que igualmente las partes acordaron el seguimiento de las gestiones vinculadas a al Régimen Especial de Jubilación Docente, establecer una comisión técnica para desarrollar la creación de jardines maternales para los trabajadores de la educación y dar continuidad a las recomendaciones del MINISTERIO DE SALUD frente a la pandemia de COVID 19.

Que en virtud de lo expuesto y con respecto al control de legalidad, cabe indicar que esta Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en el Decreto Reglamentario N° 457/07 y sus modificatorios.

Que en ese sentido, el acuerdo marco analizado satisface los recaudos normados en el Artículo 10 de la referida Ley N° 26.075 y su decreto reglamentario.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92), sus modificatorias, el artículo 10 de la Ley N° 26.075 y Artículo 5°, inciso e) del Decreto N° 457/07 y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Homológase el Acta Acuerdo de fecha 1° de diciembre de 2022 concertado entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en representación del ESTADO NACIONAL y la CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CTERA), la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS (UDA), la CONFEDERACIÓN DE EDUCADORES ARGENTINOS (CEA), la ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA TÉCNICA (AMET) y el SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES (SADOP), por los sindicatos, que luce bajo el Documento Electrónico IF-2022-130656103-APN- DD#ME y como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a las partes signatarias.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Raquel Cecilia Kismer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/12/2022 N° 103687/22 v. 21/12/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ACTA COMISÓN DE REVISIÓN DE LA EVOLUCIÓN DEL SALARIO Y EL IMPACTO DE LA INFLACIÓN EN EL MISMO DE LA PARITARIA 2022

En la ciudad de Buenos Aires, al primer día del mes de diciembre del año 2022, siendo las 9:00 horas, se reúnen en calle Pizzurno 935 por ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, representado en este acto por el Dr. Alejandro Ferrari; conforme lo dispuesto por el decreto N° 457/2007 y su modificatorio, los representantes del Estado y las entidades que seguidamente se indican, en el marco del artículo 10 de la ley 26075 de Financiamiento Educativo, con relación al Convenio Marco allí dispuesto a saber:

Por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el Ministro Jaime PERCZYK, la Secretaria de Educación Silvina GVIRTZ, el asesor ministerial Luis Calderaro, y por el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, Su Secretario General Marcelo MANGO, y los integrantes del Comité Ejecutivo: Alberto SILEONI (Provincia de Buenos Aires), miembro titular de la región CENTRO, José Manuel THOMAS, (Provincia de Mendoza) miembro titular de la región CUYO, Juan Pablo LICHTMAJER (Provincia de Tucumán) miembro titular de la región NOA, Aldo LINERAS (Provincia de Chaco) miembro titular de la región NEA, y María Cecilia VELAZQUEZ (Provincia de Santa Cruz) miembro titular de la región SUR;

Por las entidades sindicales: CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CTERA): Sonia ALESSO, Roberto BARADEL, Angélica GRACIANO, Luis BRANCHI, y Juan MONSERRAT, en su carácter de miembros titulares; UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS (UDA): Sergio Ismael ROMERO, en su carácter de miembro titular; CONFEDERACIÓN DE EDUCADORES ARGENTINOS (CEA): Leonardo Fabián FELMAN, en su carácter de miembro titular; ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA TÉCNICA (AMET): Ernesto CEPEDA, en su carácter de miembro titular; y el SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES (SADOP): Marina JAUREGUIBERRY, en su carácter de miembro titular.—

Y por las entidades representativas de los empleadores de la educación pública de gestión privada invitadas: Norberto BALOIRA (CORDIEP); María Alicia FUEYO (CONSUDEC); Claudia STRINGI (CAIEP).----------------

Declarado abierto el acto y en cumplimiento de lo acordado, se inicia la reunión de revisión y seguimiento de la evolución del Salario (cláusulas 3 y 4 acuerdo paritario febrero 2022).

EXPANSIÓN DEL PRESUPUESTO EDUCATIVO.

El Ministro de Educación de la Nación, Jaime Perczyk, manifiesta que el presupuesto aprobado por el Congreso de la Nación para el año 2023, contempla una expansión de la inversión educativa, incrementando recursos para becas, libros, netbooks y conectividad, así como también para garantizar la extensión de la jornada escolar primaria en todas las escuelas, ESI, educación técnica, infraestructura en jardines y escuelas y universidades de todo el país, FONID y formación docente.

Respecto del presupuesto inicial del año 2022, informa que el proyecto de presupuesto 2023 asignado para el Ministerio de Educación de la Nación fue incrementado en un 178%, pasando de $490.772 millones a $1.362.053 millones. Pero producto de las gestiones del propio Poder Ejecutivo, la activa participación de las organizaciones sindicales docentes y del debate legislativo, se sumaron $ 95.000 millones más al presupuesto educativo, resultando una expansión a $1.457.250 millones en el sancionado por el Congreso Nacional, aumentando su representación al 5% del total.

Señala el Ministro, que en el año 2019, el presupuesto asignado a educación constituyó el 1,1% del Producto Bruto Interno (PBI); y que en el 2023, el presupuesto asignado constituye el 1,33% del PBI, garantizando así la expansión de la inversión educativa a partir del aumento del 0,23% del PBI. También especifica que parte del presupuesto educativo está destinado a las Universidades, lo cual permite garantizar políticas educativas destinadas al fortalecimiento de la educación universitaria gratuita y al pago de salarios del personal.

Comunica que algunas de las actividades que registran una mayor expansión están destinadas al Mejoramiento de la Calidad Educativa, programa para el cual se otorgan más de $34.000 millones. Tomando como base el presupuesto inicial del año 2022, esto constituye un aumento del 727%. A su vez, se destinaban en el proyecto más de $140.000 millones para la Gestión y Asignación de Becas a Estudiantes, lo que representaba un aumento del 430% respecto del presupuesto inicial del año anterior, pero además fue expandido en $ 59.542 millones más; y el FONID y Compensación Salarial fue expandido en el presupuesto aprobado en $ 31.175 millones adicionales, llegando a 156.547 millones.

Destaca los más de $121.000 millones para garantizar el acceso a la conectividad y la entrega de dispositivos a través de la implementación del Programa Conectar Igualdad, representan un aumento del 479% en relación al presupuesto inicial del año 2022.

Y describe que otras de las actividades que registran mayor expansión de la inversión educativa son las Acciones de Formación Docente, para las cuales se asignan más de $9.039 millones, lo que representa un aumento del 540% respecto del año anterior; y el presupuesto destinado a Infraestructura y Equipamiento de los establecimientos educativos, para el cual se asignaban más de $34.000 millones, representando un aumento del 121% respecto del año 2022, se expandió en más de 38.483 millones de pesos.

El Ministro de Educación de la Nación manifiesta también que se han cumplido los acuerdos paritarios celebrados para el presente año, entre el Estado empleador y las representaciones de las organizaciones sindicales, que lograron que el SMNDG (Salario Mínimo Nacional Docente Garantizado) del año 2021 recuperara un 5% de poder adquisitivo sobre la inflación de dicho periodo. Describe que en el año 2021 el aporte del Estado Nacional a través del FONID se incrementó en un 93,16 % pasando de $ 2630.- a $ 5.080.- en el mes de diciembre 2021 y que en el presente año 2022, el aporte del Gobierno Nacional se incrementará entre diciembre 2021 y diciembre 2022 en un 116% pasando de ejecutar en 2021 cerca de $ 56.000.- millones a 122.000.- en 2022; y totalizando con la propuesta del día de la fecha un incremento interanual de aportes FONID del 138,19 % al mes de febrero 2023.

El Ministro PERCZYK destaca el diálogo permanente y el funcionamiento de la Comisión para la revisión, seguimiento y recuperación del valor del salario docente, y se compromete a continuar construyendo acuerdos para recuperar el salario de las y los trabajadores de la educación con el objetivo de continuar la progresiva recuperación de su poder adquisitivo, y jerarquización el trabajo de las y los educadores de la argentina que se viene desarrollando.----------------------------

EL ESTADO Y EL SECTOR SINDICAL CONVIENEN:

1. Salario Mínimo Nacional Docente Garantizado (SMNDG) y Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID)

1.1 Mes de DICIEMBRE DE 2022

-Incremento del SMNDG para el mes de diciembre de 2022:

Resultando el SMNDG en $ 81.325.- a partir del 1 de diciembre de 2022, más $ 2.000 de Bonificación Extraordinaria Material Didáctico / Conectividad (cuyo incremento se describe en el tercer párrafo), total: $ 83.325.

-Incremento del FONID para el mes de diciembre de 2022:

Fijando la suma de: $ 6.750.- a partir del 1 de diciembre ($ 9.000.- total con el concepto de adicional por material didáctico/ conectividad).

-Incremento de la Bonificación Extraordinaria Material Didáctico / Conectividad: Establecer su incremento para el mes de diciembre de 2022 en la suma de $ 2.000.- a partir del 1 de diciembre de 2022.

Aporte del Gobierno Nacional FONID total: $ 11.000.- ($ 6.750.- FONID + $ 2.250.- Conectividad/Material Didáctico + $ 2.000.- Bono Cpnectividad/Material Didáctico).

1.2 Mes de ENERO DE 2023

- Incremento del SMNDG para el mes de enero de 2023:

Resultando el SMNDG en $ 84.500.- a partir del 1 de enero de 2023, mas $2.500 de Bonificación Extraordinaria Material Didáctico / Conectividad (cuyo incremento se describe en el tercer párrafo), total $ 87.000

-Incremento del FONID para el mes de enero de 2023:

Fijando la suma de: $ 7.350.- a partir del 1 de enero 2023 ($ 9.600.- total con el concepto de adicional por Material Didáctico/ Conectividad.

-Incremento de la Bonificación extraordinaria Material Didáctico / Conectividad: Establecer su incremento para el mes de enero de 2023 en la suma de  $ 2.500.- a partir del 1 de enero de 2023.

Aporte del Gobierno Nacional FONID total: $ 12.100.- ($ 7.350.- FONID + $ 2.250.- Conectividad/Material Didáctico + $ 2.500.- Bono Conectividad/Material Didáctico).

1.3 Mes de FEBRERO DE 2023

- Incremento del SMNDG para el mes de febrero de 2023;

Resultando el SMNDG en $ 90.338.- a partir del 1 de febrero de 2023, incluyendo FONID, y Concepto y Bono Material Didáctico/Conectividad.

Acordando la unificación para el resto del año 2023 del Concepto y la Bonificación Conectividad/Material didáctico en una suma única de $ 4.750.-.

Aporte del Gobierno Nacional FONID total: $ 12.100.- ($ 7.350.- FONID + $ 4.750.- Conectividad/Material Didáctico).

Las partes acuerdan analizar en una próxima paritaria en el mes de febrero 2023, con los indicadores económicos finales del año 2022, la evolución del poder adquisitivo del SMNDG 2022 frente al IPC/INDEC anual 2022, y establecer el SMNDG para el resto del año 2023.

2. Materia de índole económica, previsional y social (Decreto 457/07 art6 inc. b punto IV. Derechos sociales y previsionales).

2.1 Ley 24.016 Régimen Especial de Jubilación Docente.

El Estado Empleador informa el resultado de las gestiones realizadas en respuesta al reclamo de la representación sindical sobre la trimestralización del incremento de haberes previsionales de la Ley 24016 Régimen Especial de Jubilación Docente; y entrega para incorporar a el expediente la resolución 1567/2022 (RESOL-2O22- 1567-APN-MT) del 04/11/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que establece el nuevo sistema de actualización para los beneficios alcanzados por el Suplemento “Régimen Especial para Docentes” en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año;

El Sector Sindical, en función de lo establecido por el artículo 3 de la resolución 1567/22 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, solicita que a las y los jubilados nacionales de las once jurisdicciones que cobran por la ANSES, se les abone, conjuntamente con el haber del mes de enero de 2023, la diferencia entre el haber cobrado y el incremento por la movilidad jubilatoria correspondiente al mes de diciembre de 2022, y la diferencia entre el aguinaldo cobrado y el incremento resultante de la aplicación de la movilidad correspondiente al mes de diciembre de 2022.

Las partes valoran el resultado de la negociación y acuerdan realizar el seguimiento de su evolución.

2.2 Jardines Maternales.

La Representación Sindical solicita la creación de Jardines Maternales para hijas e hijos de trabajadoras y de trabajadores de la educación, de carácter público y gratuito, prioritariamente para niñas y para niños de 2 y 3 años. El Estado Empleador recepciona la petición y se acuerda la constitución de una Comisión Técnica para su desarrollo.

2.3 COVID-19.

Las partes destacan el trabajo realizado a lo largo del presente ciclo lectivo para acompañar desde el Sistema Educativo las acciones que garanticen la salud frente a la Pandemia COVID-19 y darán continuidad a las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación con especial atención a las campañas de vacunación de estudiantes, y de trabajadoras y de trabajadores de la educación.----------------------

3. Ley de Expansión de la Inversión Educativa.

El Ministro de Educación de la Nación presenta la iniciativa de un proyecto de Ley de Financiamiento de la Educación Nacional que tenga como objeto establecer las bases para garantizar la expansión de la inversión educativa y efectivizar los derechos establecidos en las leyes) N°26.206 de Educación Nacional, N°26.058 de Educación Técnico Profesional y N°24.521 de Educación Superior. En este sentido, y en continuidad de propuestas previas, y debates con las organizaciones sindicales docentes, plantea fijar un nuevo mínimo de la inversión al establecido en el año 2006 por la Ley N°26.075 de Financiamiento, Educativo, pasando del 6% al 8% del Producto Interno Bruto (PBI).

La nueva iniciativa que presenta incluye la necesidad de unlversalizar la sala de 3 años en el Nivel Inicial y de alcanzar la cobertura del 100% (CIEN POR CIENTO) de la sala de 4 años, conseguir la ampliación de la jornada hacia la jornada completa en la escuela primaria, apoyar las iniciativas organizacionales en el nivel secundario para mejorar las tasas de permanencia y egreso, la creación de equipos de apoyo a la enseñanza, la erradicación del analfabetismo, la ampliación de la conectividad en todas las escuelas con la distribución de dispositivos informáticos y de libros, de tal manera que cada estudiante cuente con su libro y su computadora, la integración plena de alumnos/as con discapacidades, la educación técnica, la educación superior y la formación docente, las distintas modalidades, la mejora de las condiciones laborales y salariales de los/as docentes y de la infraestructura escolar, entre otras.

LA EDUCACIÓN COMO POLÍTICA DE ESTADO

Por último, el ministro considera que es un gran logro que, a nivel mundial, la educación sea considerada un derecho y una política de Estado, y así lo ha destacado en todas sus intervenciones internacionales. Y expresa que cada vez que hablamos de derechos en nuestro país se refleja la necesidad de expansión de la inversión educativa, ya que no hay derecho a la educación sin el correspondiente financiamiento, sosteniendo que la expansión de la inversión debe orientarse al desarrollo de una educación inclusiva y de calidad, que garantice en la República Argentina los derechos de nuestros/as niños/as niños y jóvenes.

Y señala que con esta paritaria de cierre del año 2022 reafirmamos nuestro compromiso con la ampliación de oportunidades y tiempos de aprendizaje a lo largo de toda la vida y las condiciones de bienestar de docentes y estudiantes.

Para lograr esto, es imprescindible garantizar la Educación como un derecho y una política de Estado, con el financiamiento educativo adecuado y continuo; y de esta manera, estar en condiciones de asegurar su funcionamiento en concordancia con las leyes vigentes, y de impulsar la presencia del Estado Nacional, en conjunto con los gobiernos provinciales, como los principales protagonistas, asegurando en democracia lo establecido en nuestra Constitución Nacional.

Reafirma así, la responsabilidad irrenunciable del financiamiento del sistema educativo como política prioritaria del Estado, independientemente de las gestiones de gobierno, como condición necesaria para el logro de la justicia social y la transformación educativa

EL SECTOR SINDICAL manifiesta su preocupación con respecto al impuesto a las ganancias, por la afectación que dicho impuesto genera a el sector de trabajadoras y trabajadores docentes, solicitando al poder ejecutivo que se revise dicha situación. El Ministerio recepciona el pedido y se compromete a trabajar con las autoridades correspondientes. -------------------------

Asimismo manifiesta, que pondrá a consideración de los respectivos cuerpos orgánicos la presente propuesta de acuerdo. ------------------

Participan del acto vía remota, los miembros paritarios y entidades invitadas que figuran en hoja anexa a la presente. A cuyo efecto se constituye en el lugar el Director de Despacho del Ministerio de Educación, Emiliano Tagle, a fin de certificar su identidad.-------------------

Sin más, siendo las 11:00 horas se da por concluido el acto, firmando los comparecientes por ante la autoridad administrativa del trabajo que manifiesta que: a) tiene presente el acuerdo suscripto por las partes en los términos expresados y que oportunamente, b) conforme a lo previsto en el artículo 5°¡nciso e) del Decreto 457/2007 se pronunciará en los términos que corresponda, notificando a las partes lo resuelto, CONSTE.

Anexo ACTA COMISÓN DE REVISIÓN DE LA EVOLUCIÓN DEL SALARIO Y EL IMPACTO DE LA INFLACIÓN EN EL MISMO DE LA PARITARIA 2022

Participan del acto vía remota, los siguientes miembros paritarios:

Alberto Estanislao Sileoni, DNI 10.305.902 Comité Ejecutivo CFE

María Cecilia Velázquez, DNI 16.029.736 Comité Ejecutivo CFE

Aldo Fabián Lineras, DNI 17.909.565 Comité Ejecutivo CFE

Juan Pablo Lichtmajer, DNI 23.517.668 Comité Ejecutivo CFE

José Manuel Thomas, DNI 25.667.000 Comité Ejecutivo CFE

A cuyo efecto se constituye en el lugar el Director de Despacho del Ministerio de Educación, Emiliano Tagle, a fin de certificar identidad.
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IF-2022-130656103-APN-DD#ME

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