MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 1036/2021
RESOL-2021-1036-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-103036234-APN-SE#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que esta Secretaría realizó a través de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO y con la colaboración de distintas áreas técnicas de esta Secretaría, un trabajo destinado al análisis de la situación actual de la REPÚBLICA ARGENTINA dentro del proceso de transición energética, que implica un cambio estructural en los sistemas de abastecimiento y utilización de la energía, lo cual trae aparejado consecuencias aún inciertas en la organización de las sociedades.
Que para llevar a cabo dicho análisis se tuvo en cuenta que la matriz energética de la REPÚBLICA ARGENTINA es un vector central de su desarrollo económico, por lo cual la política económica y la energética deben tener un enfoque conjunto y articulado, asumiendo como un desafío la integración de los seis objetivos de política económica que caracterizan una estructura productiva: inclusión, dinamismo, estabilidad, federalismo, soberanía y sostenibilidad, dentro de un programa de transición energética que contemple las restricciones macroeconómicas que tiene nuestro país y logre convertirse en una hoja de ruta frente a los problemas sociales, productivos y energéticos que estructuralmente condicionan la calidad de vida de nuestro pueblo.
Que en consecuencia, se elaboró el documento que obra como Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) de la presente resolución, denominado “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030”, el cual está dividido en siete secciones.
Que dichas secciones abarcan desde los antecedentes vinculados a las cumbres internacionales y los compromisos climáticos asumidos por el país, que derivaron en los trabajos impulsados desde esta Secretaría para elaborar un Plan de Transición Energética, pasando por una revisión bibliográfica y estadística de la agenda climática y energética a nivel global, la situación energética, socioeconómica e institucional del país, la visión, los objetivos y los lineamientos de la transición energética nacional, los escenarios energéticos al 2030, los resultados esperados y finalmente las conclusiones a las que se ha arribado.
Que el documento elaborado establece conceptos fundamentales que deberán ser utilizados para que, dentro del ámbito de esta Secretaría, se logre definir el contenido de futuras resoluciones técnicas en la materia, resolver situaciones no contempladas expresamente por las normas vigentes y abrir la posibilidad a futuros debates que enriquezcan el contenido de los “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030”.
Que en virtud de lo manifestado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el contenido del documento “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030” que obra como Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) y forma parte integrante de la presente resolución.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Apartado IX del Anexo II al Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030”, contenidos en el Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a todas las áreas dependientes de esta Secretaría a fin de tomar conocimiento de la presente medida e incorporar, en lo sucesivo, los términos del Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) que forma parte integrante de la presente resolución, en toda documentación emitida por las mismas, constituyendo una guía imprescindible en materia de transición energética.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Norman Darío Martínez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 1036/2021
RESOL-2021-1036-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-103036234-APN-SE#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que esta Secretaría realizó a través de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO y con la colaboración de distintas áreas técnicas de esta Secretaría, un trabajo destinado al análisis de la situación actual de la REPÚBLICA ARGENTINA dentro del proceso de transición energética, que implica un cambio estructural en los sistemas de abastecimiento y utilización de la energía, lo cual trae aparejado consecuencias aún inciertas en la organización de las sociedades.
Que para llevar a cabo dicho análisis se tuvo en cuenta que la matriz energética de la REPÚBLICA ARGENTINA es un vector central de su desarrollo económico, por lo cual la política económica y la energética deben tener un enfoque conjunto y articulado, asumiendo como un desafío la integración de los seis objetivos de política económica que caracterizan una estructura productiva: inclusión, dinamismo, estabilidad, federalismo, soberanía y sostenibilidad, dentro de un programa de transición energética que contemple las restricciones macroeconómicas que tiene nuestro país y logre convertirse en una hoja de ruta frente a los problemas sociales, productivos y energéticos que estructuralmente condicionan la calidad de vida de nuestro pueblo.
Que en consecuencia, se elaboró el documento que obra como Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) de la presente resolución, denominado “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030”, el cual está dividido en siete secciones.
Que dichas secciones abarcan desde los antecedentes vinculados a las cumbres internacionales y los compromisos climáticos asumidos por el país, que derivaron en los trabajos impulsados desde esta Secretaría para elaborar un Plan de Transición Energética, pasando por una revisión bibliográfica y estadística de la agenda climática y energética a nivel global, la situación energética, socioeconómica e institucional del país, la visión, los objetivos y los lineamientos de la transición energética nacional, los escenarios energéticos al 2030, los resultados esperados y finalmente las conclusiones a las que se ha arribado.
Que el documento elaborado establece conceptos fundamentales que deberán ser utilizados para que, dentro del ámbito de esta Secretaría, se logre definir el contenido de futuras resoluciones técnicas en la materia, resolver situaciones no contempladas expresamente por las normas vigentes y abrir la posibilidad a futuros debates que enriquezcan el contenido de los “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030”.
Que en virtud de lo manifestado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el contenido del documento “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030” que obra como Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) y forma parte integrante de la presente resolución.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Apartado IX del Anexo II al Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los “Lineamientos para un Plan de Transición Energética al 2030”, contenidos en el Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a todas las áreas dependientes de esta Secretaría a fin de tomar conocimiento de la presente medida e incorporar, en lo sucesivo, los términos del Anexo I (IF-2021-103828624-APN-SE#MEC) que forma parte integrante de la presente resolución, en toda documentación emitida por las mismas, constituyendo una guía imprescindible en materia de transición energética.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Norman Darío Martínez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/11/2021 N° 82774/21 v. 01/11/2021
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)