Presidencia de la Nación

Ley 4084

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


SANIDAD VEGETAL

INSPECCION PORTUARIA DE VEGETALES-GRANOS Y SEMILLAS-PLAGAS DE LA AGRICULTURA-IMPORTACIONES

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
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Número:
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Página:
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Normativa

Ley 4.084

INSPECCION PREVIA A LA IMPORTACION DE VEGETALES Y SEMILLAS POR PUERTOS DEL PAIS.

BUENOS AIRES, 3 de julio de 1902


EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS
EN CONGRESO, ETC.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1. - Queda autorizado el Poder Ejecutivo para permitir la introducción al territorio de la República, por los puertos que determine, de toda clase de vegetales y semillas, quedando sujetos a una inspección previa y a su desinfección o destrucción, según los casos, en la forma que los reglamentos establezcan.

ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FIRMANTES

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